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Voluntariado para el patrimonio natural y cultural de les Gavarres

Entidades sin ánimo de lucro con voluntariado estable en el Espacio Natural Protegido de les Gavarres

CONSORCI DE LES GAVARRES · nº 906619

Título oficial: Convocatoria de subvenciones para actividades de voluntariado para poner en valor el patrimonio natural y cultural del Espacio Natural Protegido de les Gavarres (Gavarres Voluntarias) para el año 2026

Subvenciones para entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades de voluntariado en el Espacio Natural Protegido de les Gavarres orientadas a poner en valor su patrimonio natural y cultural.

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Presupuesto

12.000 €

Plazo de solicitud

30 de 30 días

26/05/2026 — 25/06/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Otros

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades, Economía rural y medioambiente, Educación, cultura y deportes

Cuantía por beneficiario

Hasta 3.000 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar actividades de voluntariado para poner en valor el patrimonio natural y cultural del Espacio Natural Protegido de les Gavarres durante 2026.

Quién puede solicitarla

Entidades sin ánimo de lucro con voluntariado estable, debidamente inscritas en el registro correspondiente de la Generalitat de Catalunya, con al menos 1 año de antigüedad, que realicen actividades dentro del Espacio Natural Protegido de les Gavarres.

Periodo de ejecución

Dentro del año 2026; plazo máximo de justificación el 1 de octubre de 2027.

Plazo de solicitud

Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Girona.

Forma de pago

Pago previo informe técnico favorable del Área de Servicios Técnicos; anticipo de hasta el 50 % previa petición.

Condiciones económicas

  • Anticipo: hasta 50%

Requisitos clave

  • Estar inscrita en el registro correspondiente de la Generalitat de Catalunya.
  • Estar legalmente constituida con un mínimo de 1 año de antigüedad en el momento de publicación de la convocatoria.
  • Estar al corriente de las obligaciones derivadas de subvenciones percibidas en ejercicios anteriores.
  • Disponer de la estructura y recursos necesarios para garantizar el cumplimiento de los objetivos.
  • Disponer o comprometerse a obtener las autorizaciones de los titulares de las fincas donde se actúe.
  • Disponer o comprometerse a obtener los permisos preceptivos de otras administraciones según el proyecto.

Exclusiones

  • Entidades que incurran en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003.
  • Entidades que incurran en infracción grave de los principios éticos y reglas de conducta establecidas en la base 24.
  • Entidades con expediente de reintegro pendiente de pago por incumplimiento de justificación de subvenciones del Consorcio.

Obligaciones posteriores

  • Presentar una única justificación de los gastos una vez finalizadas las actuaciones subvencionadas, con plazo máximo hasta el 1 de octubre de 2027.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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