Subvenciones para sindicatos con menor representatividad en Cantabria
Organizaciones sindicales sin condición de más representativas en Cantabria
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO, INNOVACIÓN Y COMERCIO · nº 888099
Título oficial: Orden IND/6/2026, de 20 de febrero, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a las organizaciones sindicales con menor representatividad para el fomento del diálogo social.
Subvenciones para financiar gastos corrientes de organizaciones sindicales con representación en Cantabria que no ostenten la condición legal de más representativas, en acciones de acción sindical y diálogo social.
Presupuesto
72.100 €
Plazo de solicitud
03/03/2026 — —
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Cantabria
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar gastos corrientes de organizaciones sindicales con representación en Cantabria que no ostenten la condición de más representativas, en acciones dirigidas a fomentar y difundir la acción sindical y el diálogo social.
Quién puede solicitarla
Organizaciones sindicales con representación en la Comunidad Autónoma de Cantabria que no ostenten la condición legal de más representativas, con mandatos vigentes a 31 de diciembre de 2025.
Periodo de ejecución
Año 2026
Plazo de solicitud
10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria
Cómo se presenta
Telemáticamente a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (https://sede.cantabria.es/)
Forma de pago
A elección del beneficiario: (1) pago único tras realización y justificación de la actividad; (2) anticipo del 100% sin garantía previa si el importe concedido no supera 10.000 €; (3) anticipo del 75% o hasta 10.000 € sin garantía si el importe supera 10.000 €, con posibilidad de anticipar el 25% restante tras justificar la cantidad anticipada.
Condiciones económicas
- Anticipo: hasta 100%
- Régimen de minimis: no
Requisitos clave
- Tener representación en la Comunidad Autónoma de Cantabria
- No ostentar la condición legal de organización sindical más representativa
- Acreditar la condición mediante certificación de la Oficina Pública del registro de actas de elecciones con mandatos vigentes a 31 de diciembre de 2025
- No hallarse en las circunstancias de los puntos 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006 de Subvenciones
- Estar al corriente de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Gastos subvencionables
- Gastos corrientes realizados por la organización sindical en acciones dirigidas a fomentar y difundir la acción sindical y el diálogo social
Documentación requerida
- Solicitud en modelo normalizado (Anexo I)
- Certificación acreditativa expedida por la Oficina Pública del registro de actas de elecciones de la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo, con mandatos vigentes a 31 de diciembre de 2025
Exclusiones
- Organizaciones sindicales que ostenten la condición legal de más representativas
- Entidades incursas en las prohibiciones de los puntos 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006 de Subvenciones
Obligaciones posteriores
- Justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y la aplicación de los fondos percibidos
- Indicar la forma de pago elegida en el plazo de diez días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de concesión
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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