Subvenciones para servicios de cuidado de menores del Plan Corresponsables
Municipios y mancomunidades de La Rioja
CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES · nº 913993
Título oficial: Convocatoria ayudas municipios y mancomunidades actuacionesPlan Corresponsables
Subvenciones para municipios y mancomunidades de La Rioja que habiliten servicios de atención, cuidado y actividades de ocio dirigidos a menores de hasta 16 años en el marco del Plan Corresponsables.
Presupuesto
614.643 €
Plazo de solicitud
13 de 13 días23/06/2026 — 06/07/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Rioja
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Empleo y conciliación
Detalle de la convocatoria
Objeto
Desarrollo de servicios y actuaciones dirigidos a menores de hasta 16 años que contribuyan a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral: cuidado individual a domicilio, cuidado colectivo en dependencias públicas, y actividades de ocio, tiempo libre y educación no formal en horarios no escolares o épocas no lectivas.
Quién puede solicitarla
Municipios y mancomunidades de La Rioja que habiliten servicios de atención y cuidado profesional dirigidos a menores de hasta 16 años, siempre que no incurran en las prohibiciones del artículo 13 del Decreto 14/2006.
Periodo de ejecución
Del 1 de enero de 2026 al 15 de octubre de 2026. Se admiten proyectos ya finalizados, en ejecución y no iniciados a la fecha de publicación de la convocatoria.
Plazo de solicitud
Diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.
Cómo se presenta
Electrónico, a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24933), mediante cumplimentación del Anexo I.
Requisitos clave
- No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 del Decreto 14/2006 de La Rioja.
- Habilitar servicios de atención y cuidado profesional dirigidos a menores de hasta 16 años.
- Las actividades no pueden diseñarse, orientarse o ejecutarse exclusivamente para personas con discapacidad como único grupo beneficiario.
- Las actividades de ocio y tiempo libre deben desarrollarse en horarios no escolares, épocas no lectivas o época estival.
- Las mancomunidades deben acreditar mediante instrumento jurídico que tienen atribuidas funciones de promoción de la igualdad entre hombres y mujeres (para proyectos ya finalizados).
Gastos subvencionables
- Habilitación de servicios de atención y cuidado individual de menores prestados en domicilio.
- Habilitación de servicios de atención y cuidado colectivo de menores en dependencias públicas habilitadas.
- Actividades de ocio, tiempo libre y/o educación no formal para menores en horarios no escolares, épocas no lectivas o época estival.
Documentación requerida
- Anexo I de solicitud.
- Documentación del artículo 8.3 de la Orden reguladora (Anexos II, III y IV).
- Para mancomunidades: instrumento jurídico que acredite funciones de promoción de la igualdad entre hombres y mujeres.
- Para proyectos ya finalizados: documentación justificativa del gasto (Anexos V.0, VI.0 y VII.0).
Exclusiones
- Actividades extraescolares de carácter ordinario.
- Servicios diseñados, orientados o ejecutados exclusivamente para personas con discapacidad como único grupo beneficiario.
Obligaciones posteriores
- Presentar documentación justificativa del artículo 12 de la Orden IPA/53/2021 a medida que finalicen los proyectos y como máximo el 11 de noviembre de 2026.
- Para proyectos ejecutados con medios propios mediante contratación de personal: presentar documentación acreditativa del abono de cotizaciones a la Seguridad Social antes del 27 de noviembre de 2026.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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