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No solicitable Cerrada Autonómica · Rioja

Subvenciones para servicios de cuidado de menores del Plan Corresponsables

Municipios y mancomunidades de La Rioja

CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES · nº 913993

Título oficial: Convocatoria ayudas municipios y mancomunidades actuacionesPlan Corresponsables

Subvenciones para municipios y mancomunidades de La Rioja que habiliten servicios de atención, cuidado y actividades de ocio dirigidos a menores de hasta 16 años en el marco del Plan Corresponsables.

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Presupuesto

614.643 €

Plazo de solicitud

13 de 13 días

23/06/2026 — 06/07/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · Rioja

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Empleo y conciliación

Detalle de la convocatoria

Objeto

Desarrollo de servicios y actuaciones dirigidos a menores de hasta 16 años que contribuyan a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral: cuidado individual a domicilio, cuidado colectivo en dependencias públicas, y actividades de ocio, tiempo libre y educación no formal en horarios no escolares o épocas no lectivas.

Quién puede solicitarla

Municipios y mancomunidades de La Rioja que habiliten servicios de atención y cuidado profesional dirigidos a menores de hasta 16 años, siempre que no incurran en las prohibiciones del artículo 13 del Decreto 14/2006.

Periodo de ejecución

Del 1 de enero de 2026 al 15 de octubre de 2026. Se admiten proyectos ya finalizados, en ejecución y no iniciados a la fecha de publicación de la convocatoria.

Plazo de solicitud

Diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.

Cómo se presenta

Electrónico, a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24933), mediante cumplimentación del Anexo I.

Requisitos clave

  • No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 del Decreto 14/2006 de La Rioja.
  • Habilitar servicios de atención y cuidado profesional dirigidos a menores de hasta 16 años.
  • Las actividades no pueden diseñarse, orientarse o ejecutarse exclusivamente para personas con discapacidad como único grupo beneficiario.
  • Las actividades de ocio y tiempo libre deben desarrollarse en horarios no escolares, épocas no lectivas o época estival.
  • Las mancomunidades deben acreditar mediante instrumento jurídico que tienen atribuidas funciones de promoción de la igualdad entre hombres y mujeres (para proyectos ya finalizados).

Gastos subvencionables

  • Habilitación de servicios de atención y cuidado individual de menores prestados en domicilio.
  • Habilitación de servicios de atención y cuidado colectivo de menores en dependencias públicas habilitadas.
  • Actividades de ocio, tiempo libre y/o educación no formal para menores en horarios no escolares, épocas no lectivas o época estival.

Documentación requerida

  • Anexo I de solicitud.
  • Documentación del artículo 8.3 de la Orden reguladora (Anexos II, III y IV).
  • Para mancomunidades: instrumento jurídico que acredite funciones de promoción de la igualdad entre hombres y mujeres.
  • Para proyectos ya finalizados: documentación justificativa del gasto (Anexos V.0, VI.0 y VII.0).

Exclusiones

  • Actividades extraescolares de carácter ordinario.
  • Servicios diseñados, orientados o ejecutados exclusivamente para personas con discapacidad como único grupo beneficiario.

Obligaciones posteriores

  • Presentar documentación justificativa del artículo 12 de la Orden IPA/53/2021 a medida que finalicen los proyectos y como máximo el 11 de noviembre de 2026.
  • Para proyectos ejecutados con medios propios mediante contratación de personal: presentar documentación acreditativa del abono de cotizaciones a la Seguridad Social antes del 27 de noviembre de 2026.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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