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No solicitable Cerrada Autonómica · Andalucía

Subvenciones para salas de conciertos privadas en Andalucía

Personas físicas y jurídicas privadas con sala de conciertos en Andalucía

AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES · nº 907640

Título oficial: Resolución de 22 de mayo de 2026. Línea 4c

Subvenciones para salas de conciertos de gestión privada ubicadas en Andalucía que desarrollen una programación estable de conciertos y espectáculos de música en vivo.

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Presupuesto

340.000 €

Plazo de solicitud

18 de 18 días

01/06/2026 — 19/06/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Andalucía

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación del desarrollo de una programación estable de conciertos y espectáculos de música en vivo en salas de conciertos de gestión privada ubicadas en Andalucía, dirigidos a público adulto, familiar, infantil y juvenil.

Quién puede solicitarla

Personas físicas y jurídicas privadas legalmente constituidas, y entidades de carácter asociativo legalmente constituidas, con establecimiento o sucursal en Andalucía. Quedan excluidas las entidades de derecho público.

Periodo de ejecución

La programación debe tener inicio en el año de la convocatoria (2026) y finalizar antes del 31 de enero del año siguiente.

Plazo de solicitud

El procedimiento de concesión tendrá una duración de 6 meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Cómo se presenta

Sede electrónica de la Junta de Andalucía (Catálogo de Procedimientos y Servicios) y página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

Requisitos clave

  • Disponer de establecimiento o sucursal en Andalucía en el momento en que las ayudas se hagan efectivas.
  • Ser poseedora de cualquier título válido en derecho sobre un espacio de exhibición musical privado habilitado legalmente.
  • Contar con licencia o permiso municipal para organizar espectáculos musicales en directo con público.
  • Disponer de equipamiento, dotación y personal técnico suficiente para el desarrollo de la programación.
  • Programación mínima de 50 conciertos previo pago de entrada, todos de carácter profesional.
  • Al menos 25 conciertos deben corresponder a empresas con domicilio social en un mínimo de tres provincias distintas de Andalucía.

Exclusiones

  • Entidades de derecho público.
  • Proyectos cuya programación se base exclusiva o principalmente en espectáculos de flamenco.
  • Gastos del Epígrafe 1 que excedan el 40% del total del presupuesto.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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