Subvenciones para proyectos de igualdad y diversidad afectivo-sexual en Alzira
Entidades sin ánimo de lucro con implantación o actividad en Alzira (2026)
AYUNTAMIENTO DE ALZIRA · nº 897880
Título oficial: Convocatoria de subvenciones para promover la igualdad entre mujeres y hombres, así como el respecto a la diversidad en la orientación afectiva-sexual, en el municipio de Alzira para el año 2026
Subvenciones en concurrencia competitiva para apoyar proyectos de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y de igualdad en la diversidad afectivo-sexual, ejecutados por entidades sin ánimo de lucro en el municipio de Alzira.
Presupuesto
4.000 €
Plazo de solicitud
21 de 21 días21/04/2026 — 12/05/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Valencia/València
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar proyectos de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y de igualdad en la diversidad afectivo-sexual ejecutados en el municipio de Alzira.
Quién puede solicitarla
Entidades sin ánimo de lucro con implantación en el municipio de Alzira o que atiendan a personas del municipio, con al menos dos años de actividad permanente y registradas en el Registro Municipal de Asociaciones.
Periodo de ejecución
Del 16 de noviembre de 2025 al 15 de noviembre de 2026.
Plazo de solicitud
15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
Cómo se presenta
Sede electrónica del Ayuntamiento de Alzira.
Forma de pago
Pago posterior a justificación mediante cuenta justificativa antes del 15 de noviembre del ejercicio de concesión.
Requisitos clave
- Tener implantación en Alzira o atender a personas del municipio.
- Haber desarrollado actividades permanentes durante al menos dos años previos a la solicitud.
- Estar registradas en el Registro Municipal de Asociaciones.
- Las asociaciones deben estar registradas conforme a la normativa vigente y reconocidas oficialmente.
- El proyecto no puede suponer la totalidad de la actividad de la entidad (requisito no subsanable).
- No estar incursas en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003.
Documentación requerida
- Instancia firmada por el representante legal según modelo de la sede electrónica, con descripción del proyecto.
- Proyecto detallado (título, responsables, justificación, objetivos, población beneficiaria, actividades, temporalización, recursos humanos y materiales, presupuesto desglosado, evaluación y posibilidad de continuación).
- Acreditación de la representación y copia del DNI del firmante.
- Estatutos de la entidad (solo en caso de primera solicitud).
Exclusiones
- Entidades incursas en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
- Proyectos que supongan la totalidad de la actividad de la entidad solicitante.
Obligaciones posteriores
- Presentar justificación de la subvención mediante cuenta justificativa antes del 15 de noviembre del ejercicio de concesión.
- Justificar los gastos conforme al artículo 30 de la Ley 38/2003 y normativa de desarrollo aplicable.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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