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No solicitable Cerrada Local · Rioja

Subvenciones para proyectos culturales en Logroño 2026

Autónomos, pequeñas empresas y microempresas con actividades en Logroño

AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO · nº 892803

Título oficial: Acuerdo Junta de Gobierno de 11 de marzo de 2026 que aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de proyectos culturales 2026 (línea 1)

El Ayuntamiento de Logroño subvenciona el desarrollo de proyectos culturales que se lleven a cabo en el término municipal durante el año 2026.

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Presupuesto

98.000 €

Plazo de solicitud

24 de 24 días

20/03/2026 — 13/04/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Local · Rioja

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Detalle de la convocatoria

Objeto

Fomento y apoyo de proyectos culturales que tengan lugar en el término municipal de Logroño durante 2026.

Quién puede solicitarla

Profesionales autónomos (RETA), pequeñas empresas y microempresas de nacionalidad española, de la UE o del Espacio Económico Europeo, con residencia fiscal en España.

Periodo de ejecución

Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.

Plazo de solicitud

15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria por la BDNS en el Boletín Oficial de La Rioja.

Cómo se presenta

Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Logroño o registros autorizados por el art. 16.4 de la Ley 39/2015.

Forma de pago

80 % a partir de la fecha del acuerdo de concesión; 20 % restante tras justificación del gasto igual o superior a la subvención concedida.

Condiciones económicas

  • Anticipo: hasta 80%

Requisitos clave

  • Las actividades del proyecto deben tener lugar en el término municipal de Logroño.
  • El solicitante debe ser autónomo (RETA), pequeña empresa o microempresa.
  • Nacionalidad española, de un Estado miembro de la UE o del EEE, con residencia fiscal en España.
  • Las actividades deben desarrollarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
  • Concurrencia competitiva; la propuesta de resolución la formula una comisión de valoración.

Documentación requerida

  • La prevista en el artículo 10 del texto de la convocatoria.

Obligaciones posteriores

  • Justificar el gasto realizado hasta el 31 de enero de 2027.
  • Presentar la documentación de justificación establecida en el art. 21 de la convocatoria.
  • Cumplir las obligaciones del art. 20 del texto de la convocatoria.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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