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No solicitable Cerrada Estatal

Subvenciones para promover la Cultura de Defensa 2026

Personas físicas y entidades sin ánimo de lucro con domicilio en España

SECRETARÍA GENERAL DE POLÍTICA DE DEFENSA · nº 901879

Título oficial: Orden de 27 de abril de 2026, por la que se convocan subvenciones para promover la Cultura de Defensa, correspondientes al año 2026.

Subvenciones en concurrencia competitiva para financiar proyectos y actividades de fomento y difusión de la cultura de defensa que se realicen entre el 1 de enero y el 2 de noviembre de 2026.

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Presupuesto

300.000 €

Plazo de solicitud

21 de 21 días

30/04/2026 — 21/05/2026

Beneficiarios

Persona física, Otro

Ámbito

Estatal

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar actividades y proyectos de fomento y difusión de la cultura de defensa realizados entre el 1 de enero y el 2 de noviembre de 2026.

Quién puede solicitarla

Personas jurídicas públicas o privadas sin ánimo de lucro con domicilio social en España, legalmente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente; y personas físicas con domicilio en España. Se excluyen unidades, centros y organismos dependientes del Ministerio de Defensa y el personal del órgano concedente o de los organismos representados en la Comisión de Valoración.

Periodo de ejecución

Del 1 de enero al 2 de noviembre de 2026

Plazo de solicitud

15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE

Cómo se presenta

Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa (sede.defensa.gob.es/acceda), apartado "Trámites generales". Excepcionalmente, las personas físicas pueden presentar en papel en registros oficiales del artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

Requisitos clave

  • Tener domicilio social o domicilio en España
  • Estar legalmente constituido e inscrito en el registro público correspondiente (personas jurídicas)
  • No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Tener condiciones idóneas para garantizar el cumplimiento del objeto y la finalidad de la convocatoria

Exclusiones

  • Unidades, centros y organismos con dependencia orgánica del Ministerio de Defensa
  • Personal que dependa orgánica o funcionalmente del órgano concedente
  • Personal de organismos representados en la Comisión de Valoración

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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