Avido
No solicitable Cerrada Autonómica · Comunitat Valenciana

Subvenciones para programas de atención a personas mayores en el mundo rural

Entidades locales de la Comunitat Valenciana con menos de 2.000 habitantes

SECRETARÍA AUTONÓMICA DE FAMILIA Y SERVICIOS SOCIALES · nº 899450

Título oficial: RESOLUCIÓN, de la Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones en materia programas de atención a personas mayores y el mundo rural.

Subvenciones de la Generalitat Valenciana para financiar programas de atención a personas mayores y el mundo rural, dirigidas a entidades locales de la Comunitat Valenciana con población inferior a 2.000 habitantes.

Compartir

Presupuesto

500.000 €

Plazo de solicitud

21 de 21 días

21/04/2026 — 12/05/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · Comunitat Valenciana

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades, Economía rural y medioambiente

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar programas de atención a personas mayores y el mundo rural ejecutados por entidades locales de la Comunitat Valenciana con menos de 2.000 habitantes.

Quién puede solicitarla

Entidades locales de la Comunitat Valenciana cuya población, a 1 de enero del año de la convocatoria, sea inferior a 2.000 habitantes, al corriente de obligaciones de transparencia y rendición de cuentas.

Periodo de ejecución

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026 (justificantes de pago admitidos hasta el 31 de enero de 2027)

Plazo de solicitud

15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana

Requisitos clave

  • Población inferior a 2.000 habitantes a 1 de enero del año de la convocatoria
  • Cumplir las obligaciones de la Ley 1/2022 de transparencia y buen gobierno de la Comunitat Valenciana
  • Hallarse al corriente en la rendición de cuentas anuales ante la Sindicatura de Comptes
  • No incurrir en ninguna de las circunstancias prohibidas del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
  • Los requisitos deben cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes

Gastos subvencionables

  • Retribuciones salariales del personal contratado imputable al proyecto (salario bruto, Seguridad Social a cargo de la empresa y otros costes salariales)
  • Gastos de personal profesional o asistencial contratado mediante contrato de prestación de servicios durante el programa
  • Gastos corrientes (bienes fungibles, duración inferior al ejercicio económico o gastos reiterativos)
  • Gastos de mantenimiento estrictamente necesarios: alquiler, luz, agua, teléfono, limpieza y análogos
  • Gastos de transporte y locomoción del personal adscrito al proyecto (vehículo particular: 0,26 €/km justificado)

Documentación requerida

  • Certificación de la Sindicatura de Comptes acreditativa del cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales

Exclusiones

  • Gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, notariales, registrales y periciales
  • Adquisición de bienes inventariables (equipos informáticos, impresoras, mobiliario y análogos)
  • Premios, donaciones o ayudas de cualquier tipo
  • Celebraciones gastronómicas, comidas, verbenas, cabalgatas, fiestas y competiciones deportivas (salvo que sean complementarias de una actividad principal subvencionada)
  • Gastos de inversión
  • Actividades que promuevan cualquier forma de discriminación contraria a los derechos fundamentales

Obligaciones posteriores

  • Cumplir con las obligaciones de transparencia y buen gobierno establecidas en la Ley 1/2022 de la Generalitat
  • Justificar los gastos realizados y devengados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Los justificantes de pago de facturas podrán presentarse hasta el 31 de enero de 2027

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

Te avisamos de la próxima edición y de ayudas similares que sí puedas solicitar.

Aviso diario por email. Sin spam, puedes darte de baja cuando quieras.