Subvenciones para programas de acompañamiento para el empleo 2026/2027
Entidades jurídicas sin ánimo de lucro en el Principado de Asturias
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS · nº 912059
Título oficial: SUBVENCIONES PARA LA REALIZACION DE PROGRAMAS DE ACOMPAÑAMIENTO PARA EL EMPLEO 2025/26
Subvenciones destinadas a entidades jurídicas sin ánimo de lucro que desarrollen programas de acompañamiento para el empleo dirigidos a personas desempleadas inscritas en el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.
Presupuesto
3.621.282 €
Plazo de solicitud
13 de 13 días19/06/2026 — 02/07/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Asturias
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Empleo y conciliación
Detalle de la convocatoria
Objeto
Conceder subvenciones a entidades jurídicas sin ánimo de lucro que desarrollen programas de acompañamiento para el empleo, con el fin de lograr la inserción laboral de personas desempleadas inscritas en las oficinas del SEPEPA.
Quién puede solicitarla
Entidades jurídicas sin ánimo de lucro que desarrollen programas de acompañamiento para el empleo y cumplan los requisitos de la base 4.1 en la fecha de publicación de la convocatoria.
Periodo de ejecución
2026-2027
Plazo de solicitud
Diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Cómo se presenta
Sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es), código de ficha AYUD0108T01.
Requisitos clave
- Ser entidad jurídica sin ánimo de lucro.
- Desarrollar programas de acompañamiento para el empleo.
- Reunir los requisitos establecidos en la base 4.1 en la fecha de publicación de la convocatoria.
Documentación requerida
- Formulario normalizado de solicitud (disponible en sede electrónica del Principado de Asturias, código AYUD0108T01).
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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