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No solicitable Cerrada Autonómica · Cantabria

Subvenciones para producción y giras de danza en Cantabria

Profesionales y empresas con domicilio fiscal en Cantabria (danza)

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE · nº 913797

Título oficial: Resolución del consejero de Cultura, Turismo y Deporte por la que se convocan subvenciones a profesionales, régimen de concurrencia competitiva, para la producción de obras y la realización de giras en materia de artes escénicas, modalidad danza

Subvenciones en concurrencia competitiva para la producción de obras o espectáculos de danza y la realización de giras, con actuaciones entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026.

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Presupuesto

80.000 €

Plazo de solicitud

19 de 19 días

25/06/2026 — 14/07/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Cantabria

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar la producción de obras o espectáculos de danza y la realización de giras en materia de danza, con actuaciones entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026.

Quién puede solicitarla

Personas físicas (empresarios individuales) y personas jurídicas privadas con forma societaria, con domicilio fiscal en Cantabria, dadas de alta en el IAE en los epígrafes 021 (directores coreográficos), 022 (bailarines) o 029 (otras actividades del baile), y que desarrollen su actividad profesional en Cantabria.

Periodo de ejecución

Del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026

Cómo se presenta

Sede electrónica del Gobierno de Cantabria (https://sede.cantabria.es)

Compatibilidad con otras ayudas

Compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, siempre que el total no supere el coste de la actividad subvencionada y las ayudas de minimis recibidas en los tres últimos ejercicios no superen 300.000 €. Incompatible con otras subvenciones de la Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico para el mismo proyecto.

Requisitos clave

  • Domicilio fiscal en Cantabria
  • Alta en el IAE en epígrafes 021, 022 o 029 (sección tercera)
  • Desarrollo de la actividad profesional en Cantabria
  • Máximo dos proyectos por modalidad de subvención
  • Cumplir los requisitos de las bases reguladoras (Orden UIC/6/2021)

Exclusiones

  • Quienes se hallen en las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006
  • Incompatible con otras subvenciones de la Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico para el mismo beneficiario y mismo proyecto

Obligaciones posteriores

  • Mantener los requisitos de acceso hasta la justificación de la aplicación de los fondos
  • Justificar la aplicación de los fondos al fin que motivó la concesión

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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