Subvenciones para planes de igualdad y conciliación en Andalucía
Empresas de 10 a 49 trabajadores y entidades locales de Andalucía
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO · nº 893561
Título oficial: Resolución de 16 de marzo de 2026,Subvenciones establecidas en la Orden de 05.10.2020,por la que se aprueban las BB.RR. para la concesión de subvenciones dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, Linea 7 - Mínimis Pesca
Subvenciones en concurrencia no competitiva para la elaboración de planes de igualdad (Línea 7, empresas) y para actividades de conciliación de la vida personal, familiar y laboral (Línea 8, entidades locales) en Andalucía.
Presupuesto
20.000 €
Plazo de solicitud
15 de 15 días25/03/2026 — 09/04/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME, Administración pública, Cooperativa
Ámbito
Autonómica · Andalucía
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Empleo y conciliación
Cuantía por beneficiario
Hasta 20.000 € (hasta 100% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Línea 7: financiación de la elaboración de planes de igualdad en empresas con sede social en Andalucía (10-49 trabajadores). Línea 8: financiación de actividades en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades, consorcios locales y entidades públicas vinculadas, de Andalucía.
Quién puede solicitarla
Línea 7: empresas con sede social en Andalucía que cuenten con entre 10 y 49 personas trabajadoras contratadas (excluidas las Administraciones Públicas del art. 7 TREBEP). Línea 8: ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades y consorcios locales, así como entidades públicas vinculadas a los mismos, de Andalucía.
Periodo de ejecución
Línea 7: desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha de finalización del plazo de ejecución establecida en la resolución de concesión. Línea 8: ejercicio 2026 (del 1 de enero al 31 de diciembre).
Plazo de solicitud
Diez días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOJA.
Cómo se presenta
Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía (sede electrónica): Línea 7: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/23225.html — Línea 8: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/23226.html
Requisitos clave
- Línea 7: sede social en Andalucía
- Línea 7: mínimo 10 y máximo 49 personas trabajadoras contratadas
- Línea 8: ser ayuntamiento, entidad local autónoma, mancomunidad, consorcio local o entidad pública vinculada de Andalucía
- Cumplir los requisitos del apartado 4.a).2º del Cuadro Resumen correspondiente
Gastos subvencionables
- Actividades y proyectos encuadrados en los conceptos subvencionables previstos en el apartado 2.a) de los Cuadros Resumen de las bases reguladoras
Exclusiones
- Línea 7: Administraciones Públicas a las que hace referencia la disposición adicional séptima del TREBEP (RDL 5/2015)
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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