Subvenciones para planes de igualdad y conciliación en Andalucía
Empresas de 10 a 49 trabajadores y entidades locales de Andalucía
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO · nº 893560
Título oficial: Resolución de 16 de marzo de 2026,Subvenciones establecidas en la Orden de 05.10.2020,por la que se aprueban las BB.RR. para la concesión de subvenciones dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, Linea 7 - Mínims Agrícola
Convocatoria 2026 de subvenciones en Andalucía para la elaboración de planes de igualdad en empresas (Línea 7) y para actividades de conciliación de la vida personal, familiar y laboral en entidades locales (Línea 8).
Presupuesto
20.000 €
Plazo de solicitud
16 de 16 días25/04/2026 — 11/05/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME, Administración pública, Cooperativa
Ámbito
Autonómica · Andalucía
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Empleo y conciliación
Cuantía por beneficiario
Hasta 20.000 € (hasta 100% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Línea 7: subvencionar la elaboración de planes de igualdad en empresas con sede social en Andalucía (10-49 trabajadores). Línea 8: subvencionar actividades en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral a entidades locales de Andalucía.
Quién puede solicitarla
Línea 7: empresas con sede social en Andalucía, de 10 a 49 personas trabajadoras contratadas (excluidas las Administraciones Públicas). Línea 8: ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades, consorcios locales y entidades públicas vinculadas a los mismos, de Andalucía.
Periodo de ejecución
Línea 7: desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha de finalización del plazo de ejecución fijada en la resolución de concesión. Línea 8: ejercicio 2026 (del 1 de enero al 31 de diciembre).
Plazo de solicitud
Diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOJA.
Cómo se presenta
Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía (sede electrónica): Línea 7 en https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/23225.html y Línea 8 en https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/23226.html
Requisitos clave
- Línea 7: sede social en Andalucía
- Línea 7: mínimo 10 y máximo 49 personas trabajadoras contratadas
- Línea 7: excluidas las Administraciones Públicas del art. 7 TREBEP
- Línea 8: ser ayuntamiento, entidad local autónoma, mancomunidad, consorcio local o entidad pública vinculada, de Andalucía
- Cumplir los requisitos del apartado 4.a).2º del Cuadro Resumen correspondiente
Gastos subvencionables
- Actividades y proyectos encuadrados en los conceptos subvencionables previstos en el apartado 2.a) de los Cuadros Resumen de las bases reguladoras
Exclusiones
- Línea 7: Administraciones Públicas a las que hace referencia la disposición adicional séptima del TREBEP
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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