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No solicitable Cerrada Local · Córdoba

Subvenciones para la promoción turística de Lucena 2026

Personas físicas y entidades sin ánimo de lucro con domicilio en Lucena

AYUNTAMIENTO DE LUCENA · nº 910494

Título oficial: Acuerdo del Pleno Municipal de CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE LUCENA EN MATERIA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA EJERCICIO 2026.

El Ayuntamiento de Lucena convoca subvenciones para actividades, actuaciones o proyectos que contribuyan a la conservación y promoción turística del municipio, dirigidas a personas físicas y entidades sin ánimo de lucro.

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Presupuesto

16.000 €

Plazo de solicitud

20 de 20 días

09/06/2026 — 29/06/2026

Beneficiarios

Persona física, Otro

Ámbito

Local · Córdoba

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Comercio y turismo

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar actividades, actuaciones o proyectos que contribuyan a la conservación y promoción turística de Lucena

Quién puede solicitarla

Personas físicas, entidades, asociaciones, fundaciones, instituciones y agrupaciones sin ánimo de lucro con domicilio social en el término municipal de Lucena

Periodo de ejecución

Ejercicio 2026

Plazo de solicitud

15 días hábiles a contar desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Forma de pago

En la forma y plazos previstos en la convocatoria

Compatibilidad con otras ayudas

Incompatible con otras subvenciones del Presupuesto Municipal para el mismo proyecto, tanto en concurrencia competitiva como mediante convenio nominativo

Requisitos clave

  • Domicilio social en el término municipal de Lucena
  • Carecer de ánimo de lucro
  • Estar legalmente constituido (personas jurídicas) o inscrito en el Registro municipal de asociaciones si procede
  • Tener entre sus fines actividades relacionadas con el área de Turismo y Promoción Local del Ayuntamiento de Lucena
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias, Seguridad Social y hacienda local
  • No encontrarse en los supuestos de prohibición del art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003

Exclusiones

  • Actividades incluidas en otros programas o conveniadas con alguna Delegación Municipal
  • Compra de bienes inmuebles
  • Pago de impuestos o suministros básicos
  • Proyectos que reciban subvención para el mismo fin a través de otras subvenciones del Presupuesto Municipal

Obligaciones posteriores

  • Justificar el pago de las ayudas en la forma y plazos previstos en la convocatoria

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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