Subvenciones para la lucha contra vectores en salud pública
Municipios de la Comunitat Valenciana, mancomunidades y consorcios
SECRETARÍA AUTONÓMICA DE SALUD PÚBLICA Y DEL SISTEMA SANITARIO PÚBLICO · nº 899385
Título oficial: RESOLUCIÓN de 16 abril de 2026 del conseller de Sanidad, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar el tratamiento de lucha contra vectores de relevancia en salud pública en los municipios de la Comunitat Valenciana en el ejercicio 2026.
Subvenciones a municipios de la Comunitat Valenciana —directamente o a través de mancomunidades y consorcios— para financiar campañas de tratamiento contra vectores de relevancia en salud pública durante 2026.
Presupuesto
350.000 €
Plazo de solicitud
13 de 13 días24/04/2026 — 07/05/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Comunitat Valenciana
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar la campaña de tratamiento de lucha contra vectores de relevancia en salud pública en municipios de la Comunitat Valenciana, en función del riesgo evaluado en cada municipio.
Quién puede solicitarla
Municipios de la Comunitat Valenciana, a través de sus ayuntamientos, mancomunidades o consorcios en los que estén integrados.
Periodo de ejecución
Las actuaciones deberán efectuarse necesariamente en el año 2026.
Plazo de solicitud
10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGV. La presentación fuera de plazo es causa de inadmisión.
Cómo se presenta
Exclusivamente por sede electrónica de la FVMP: https://fvmp.sedelectronica.es/
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con cualquier otra subvención para la misma finalidad convocada por cualquier administración o entidad pública o privada.
Requisitos clave
- Cumplir los requisitos generales de los arts. 13 y 14 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
- Cumplir las previsiones en materia de igualdad entre mujeres y hombres (Ley 9/2003 y LO 3/2007)
- Disponer de plan de igualdad cuando la legislación aplicable lo exija
- No haber incumplido la justificación de subvenciones anteriores en los últimos 3 años ni haber renunciado a ellas
Gastos subvencionables
- Gastos de los tratamientos de lucha contra vectores de relevancia en salud pública
Documentación requerida
- Modelo de solicitud (Anexo I) suscrito por la persona titular de la entidad local
- Documentos justificativos del cumplimiento de requisitos (Anexo II)
Exclusiones
- Entidades que en los 3 últimos años no hubieran justificado la ejecución de actividades de convocatorias anteriores en plazo y forma
- Entidades que hubieran renunciado a subvenciones de convocatorias anteriores en los 3 últimos años
- Entidades cuyo sistema de admisión, trayectoria o actuación sean contrarios al principio de igualdad entre mujeres y hombres
Obligaciones posteriores
- Justificar la ejecución de las actividades en los plazos y forma establecidos en la normativa vigente
- Cumplir las obligaciones del art. 14 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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