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No solicitable Cerrada Autonómica · Galicia

Subvenciones para la dinamización del comercio local en Galicia

Agrupaciones permanentes de comerciantes sin ánimo de lucro en Galicia

CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN · nº 886210

Título oficial: ORDEN de 23 de enero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a las asociaciones de comerciantes sin ánimo de lucro para la dinamización del comercio local, y se proc

Subvenciones en concurrencia competitiva para asociaciones de comerciantes sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de dinamización e incentivación del consumo en centros comerciales abiertos de Galicia.

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Presupuesto

2.500.000 €

Plazo de solicitud

27 de 27 días

13/02/2026 — 12/03/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · Galicia

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Comercio y turismo

Detalle de la convocatoria

Objeto

Dinamización del comercio local mediante proyectos de incentivación del consumo en centros comerciales abiertos de Galicia.

Quién puede solicitarla

Agrupaciones permanentes de comerciantes, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad, legalmente constituidas bajo cualquier forma jurídica, cuyo ámbito de actuación se desarrolle en Galicia a nivel municipal y que desarrollen proyectos de dinamización e incentivación del consumo en centros comerciales abiertos.

Plazo de solicitud

Un mes a contar desde las 9:00 h del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. El último día de presentación finaliza a las 20:00 h.

Requisitos clave

  • Sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia y plena capacidad
  • Legalmente constituidas bajo cualquier forma jurídica
  • Ámbito de actuación a nivel municipal en la Comunidad Autónoma de Galicia
  • Desarrollar proyectos de dinamización e incentivación del consumo en centros comerciales abiertos

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

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