Subvenciones para fiestas de barrios rurales y calles de Bermeo
Personas físicas o jurídicas que organicen fiestas en Bermeo
AYUNTAMIENTO DE BERMEO · nº 899270
Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE 2026 PARA ACTIVIDADES DE FIESTAS DE BARRIOS RURALES Y CALLES DEL MUNICIPIO
Subvenciones para quienes organicen las fiestas de los barrios rurales y calles del municipio de Bermeo en 2026.
Presupuesto
42.000 €
Plazo de solicitud
65 de 65 días25/04/2026 — 29/06/2026
Beneficiarios
Persona física, Otro
Ámbito
Local · Bizkaia
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Cuantía por beneficiario
Hasta 4.500 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar las actividades organizadas para las fiestas de los barrios rurales y calles del municipio de Bermeo
Quién puede solicitarla
Persona física o jurídica que organice las fiestas de un barrio rural o calle de Bermeo
Periodo de ejecución
Fiestas organizadas durante 2026; justificación máxima hasta el 18 de diciembre de 2026
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia hasta 45 días antes de las fiestas de cada barrio rural o calle
Cómo se presenta
Boletín Oficial de Bizkaia; formularios oficiales del Ayuntamiento de Bermeo
Forma de pago
75 % tras la resolución; 25 % restante tras la justificación
Condiciones económicas
- Anticipo: hasta 75%
Requisitos clave
- Organizar las fiestas de un barrio rural o calle de Bermeo
- Presentar solicitud antes de 45 días previos a la celebración de las fiestas
Gastos subvencionables
- Actividades organizadas para la celebración de las fiestas de barrios rurales y calles del municipio
Documentación requerida
- Solicitud de subvención (formulario IN-E 269/02-23 o IN-G 269/02-23)
- Presupuesto (formulario IN-E 270/02-22 o IN-G 270/02-22)
- Justificación de la subvención (formulario IN-E 271/04-25 o IN-G 271/04-25)
- Ingresos y gastos (formulario IN-E 272/01-20 o IN-G 272/01-20)
Obligaciones posteriores
- Justificar la subvención en el plazo de 45 días desde la celebración de las fiestas
- Justificación máxima hasta el 18 de diciembre de 2026 para fiestas celebradas en noviembre de 2026
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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