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No solicitable Cerrada Local · Bizkaia

Subvenciones para fiestas de barrios rurales y calles de Bermeo

Personas físicas o jurídicas que organicen fiestas en Bermeo

AYUNTAMIENTO DE BERMEO · nº 899270

Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE 2026 PARA ACTIVIDADES DE FIESTAS DE BARRIOS RURALES Y CALLES DEL MUNICIPIO

Subvenciones para quienes organicen las fiestas de los barrios rurales y calles del municipio de Bermeo en 2026.

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Presupuesto

42.000 €

Plazo de solicitud

65 de 65 días

25/04/2026 — 29/06/2026

Beneficiarios

Persona física, Otro

Ámbito

Local · Bizkaia

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Cuantía por beneficiario

Hasta 4.500 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar las actividades organizadas para las fiestas de los barrios rurales y calles del municipio de Bermeo

Quién puede solicitarla

Persona física o jurídica que organice las fiestas de un barrio rural o calle de Bermeo

Periodo de ejecución

Fiestas organizadas durante 2026; justificación máxima hasta el 18 de diciembre de 2026

Plazo de solicitud

Desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia hasta 45 días antes de las fiestas de cada barrio rural o calle

Cómo se presenta

Boletín Oficial de Bizkaia; formularios oficiales del Ayuntamiento de Bermeo

Forma de pago

75 % tras la resolución; 25 % restante tras la justificación

Condiciones económicas

  • Anticipo: hasta 75%

Requisitos clave

  • Organizar las fiestas de un barrio rural o calle de Bermeo
  • Presentar solicitud antes de 45 días previos a la celebración de las fiestas

Gastos subvencionables

  • Actividades organizadas para la celebración de las fiestas de barrios rurales y calles del municipio

Documentación requerida

  • Solicitud de subvención (formulario IN-E 269/02-23 o IN-G 269/02-23)
  • Presupuesto (formulario IN-E 270/02-22 o IN-G 270/02-22)
  • Justificación de la subvención (formulario IN-E 271/04-25 o IN-G 271/04-25)
  • Ingresos y gastos (formulario IN-E 272/01-20 o IN-G 272/01-20)

Obligaciones posteriores

  • Justificar la subvención en el plazo de 45 días desde la celebración de las fiestas
  • Justificación máxima hasta el 18 de diciembre de 2026 para fiestas celebradas en noviembre de 2026

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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