Avido
No solicitable Cerrada Local · Huesca

Subvenciones para farmacias en pequeños municipios de Huesca 2026

Titulares de oficinas de farmacia en municipios de menos de 1.000 habitantes o en situación VEC en la provi...

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA · nº 899855

Título oficial: Concesión de subvenciones para oficinas de farmacia de pequeños municipios año 2026

Subvenciones de la Diputación Provincial de Huesca para sufragar gastos de funcionamiento de oficinas de farmacia ubicadas en pequeñas poblaciones de la provincia o reconocidas en situación de viabilidad económica comprometida.

Compartir

Presupuesto

62.000 €

Plazo de solicitud

29 de 29 días

22/04/2026 — 21/05/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Local · Huesca

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Comercio y turismo, Economía rural y medioambiente

Detalle de la convocatoria

Objeto

Sufragar los gastos de funcionamiento propios de oficinas de farmacia en pequeñas poblaciones de la provincia de Huesca.

Quién puede solicitarla

Titulares de oficinas de farmacia en la provincia de Huesca ubicadas en municipios de menos de 1.000 habitantes (padrón a 1 de enero de 2025) o a quienes el Servicio Aragonés de la Salud haya reconocido la aplicación de índices correctores por viabilidad económica comprometida (VEC), que permanezcan en activo hasta el 31 de diciembre de 2026.

Periodo de ejecución

Hasta el 31 de diciembre de 2026

Plazo de solicitud

20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia

Requisitos clave

  • Ser titular de una oficina de farmacia en la provincia de Huesca
  • Estar ubicada en un municipio de menos de 1.000 habitantes (padrón a 1 de enero de 2025) O tener reconocida la situación VEC por el Servicio Aragonés de la Salud
  • Permanecer en activo hasta el 31 de diciembre de 2026
  • No estar incurso en ninguna causa del art. 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones

Gastos subvencionables

  • Gastos de funcionamiento propios de las farmacias en pequeñas poblaciones, según los indicados en la convocatoria

Exclusiones

  • Titulares incursos en las causas de prohibición del art. 13.2 de la Ley 38/2003
  • Oficinas de farmacia que no cumplan ninguna de las dos condiciones de elegibilidad (municipio <1.000 hab. o situación VEC)

Obligaciones posteriores

  • Permanecer en activo hasta el 31 de diciembre de 2026
  • Presentar justificación provisional de gastos de personal y facturación de noviembre y diciembre antes del 16 de noviembre de 2026
  • Presentar los justificantes definitivos correspondientes antes del 13 de febrero de 2027

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

Te avisamos de la próxima edición y de ayudas similares que sí puedas solicitar.

Aviso diario por email. Sin spam, puedes darte de baja cuando quieras.