Subvenciones para escuelas de música, danza y arte de titularidad municipal
Ayuntamientos, entidades municipales y organismos autónomos de la demarcación de Tarragona
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TARRAGONA · nº 888313
Título oficial: Convocatoria para ayuntamientos, entidades municipales descentralizadas y organismos autónomos municipales para escuelas de música, escuelas de danza y escuelas de arte y diseño, de titularidad municipal, de la demarcación de Tarragona curso 20252026
Subvenciones para financiar parcialmente los gastos de funcionamiento de escuelas de música, danza y arte y diseño de titularidad municipal en la demarcación de Tarragona, curso 2025-2026.
Presupuesto
1.000,00 €
Plazo de solicitud
26 de 26 días25/02/2026 — 23/03/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Cataluña
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación parcial de los gastos de funcionamiento de escuelas de música, danza y arte y diseño de titularidad municipal durante el curso 2025-2026.
Quién puede solicitarla
Ayuntamientos, entidades municipales descentralizadas y organismos autónomos municipales de la demarcación de Tarragona con escuelas de música, danza o arte y diseño de titularidad municipal.
Periodo de ejecución
Curso 2025-2026
Plazo de solicitud
La presentación de solicitudes se inicia al día siguiente de la publicación en el BOPT y finaliza al cabo de un mes desde la fecha de publicación.
Cómo se presenta
Sede electrónica de la Diputación de Tarragona: https://seuelectronica.dipta.cat (trámite electrónico específico, obligatorio).
Requisitos clave
- La escuela debe ser de titularidad municipal.
- El número de habitantes del municipio se determina según el último censo del INE a la fecha de publicación.
- Para acceder al tramo de 550.000 €, el centro debe acreditar un mínimo de 300.000 € de presupuesto elegible.
- El número de alumnos se acredita con datos del Departament d'Educació de la Generalitat de Catalunya.
- La suma de los importes del 70% y del 30% no puede superar el gasto elegible del beneficiario.
Gastos subvencionables
- Gastos de funcionamiento de los centros (capítulos 1 y 2).
- Financiación que el ente local destina a entidades colaboradoras para la gestión de las escuelas, mediante contrato o convenio.
- Actividades culturales organizadas por los centros dentro de su calendario que tengan lugar en la demarcación.
Exclusiones
- Gastos financieros derivados de la gestión de los centros.
- Gastos de inversiones.
- Importes de IVA cuando tengan carácter deducible, compensable o repercutible por el solicitante.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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