Subvenciones para energías renovables y eficiencia energética en Asturias 2026
Empresas, autónomos, particulares, entidades sin ánimo de lucro y comunidades de propietarios en el Princip...
CONSEJERÍA DE CIENCIA, EMPRESAS, FORMACIÓN Y EMPLEO · nº 901221
Título oficial: Convocatoria de subvenciones para el uso de Energías Renovables y para Acciones de Ahorro y Eficiencia Energética en el Principado de Asturias para el ejercicio 2026
Convocatoria de subvenciones del Principado de Asturias para actuaciones de energías renovables (biomasa, geotermia, fotovoltaica, minihidráulica, biogás) y de ahorro y eficiencia energética (edificación, industria, recarga eléctrica, combustibles alternati...
Presupuesto
1.250.000 €
Plazo de solicitud
29 de 29 días05/05/2026 — 03/06/2026
Beneficiarios
Gran empresa, Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Asturias
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Reformas y eficiencia energética
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar actuaciones de promoción del uso de energías renovables y de ahorro y eficiencia energética mediante las tecnologías previstas en la convocatoria, en el Principado de Asturias.
Quién puede solicitarla
Según la línea: empresas privadas, trabajadores autónomos, particulares, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de propietarios y empresas acreditadas para suministro de combustibles alternativos.
Periodo de ejecución
Entre el 27 de abril de 2025 y el 16 de noviembre de 2026 (ampliable hasta el 28 de diciembre de 2026 previa solicitud)
Plazo de solicitud
1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPA
Cómo se presenta
Telemática mediante formulario específico con código de solicitud, conforme a los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, dirigido al Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética (DIR A03003934)
Forma de pago
Pago posterior a la justificación del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención
Requisitos clave
- Las actuaciones deben haberse ejecutado o ejecutarse entre el 27 de abril de 2025 y el 16 de noviembre de 2026
- Para la línea 2.3 (industrias), la actividad debe estar incluida en la sección C (Industria Manufacturera) del CNAE
- Para la línea 2.8, las empresas deben estar legalmente acreditadas y registradas para el suministro de combustibles alternativos
- Si el importe de la ayuda supera 30.000 € y el solicitante está en el ámbito de la Ley 3/2004, debe presentarse declaración responsable sobre morosidad
- Las solicitudes deben presentarse mediante el formulario específico con el código de solicitud correspondiente a cada línea
Gastos subvencionables
- Instalaciones de biomasa para producción de energía térmica
- Sistemas geotérmicos para producción de energía térmica (calor y/o frío)
- Instalaciones de energía solar fotovoltaica aislada
- Producción de energía eléctrica mediante turbinas minihidráulicas o aerogeneradores
- Instalaciones para aprovechamiento energético de biogás
- Medidas de eficiencia energética en el sector de la edificación
- Sustitución de equipos e instalaciones consumidores de energía en la industria
- Instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos
- Instalaciones colectivas troncales en garajes
- Instalación de estaciones de repostaje de combustibles alternativos accesibles al público
Documentación requerida
- Documentación señalada en el resuelvo décimo de la convocatoria
- Formulario específico con el código de solicitud correspondiente a cada línea (AYUD0004T01 a AYUD0004T13)
- Declaración responsable sobre morosidad (solo si el importe supera 30.000 € y el solicitante está en el ámbito de la Ley 3/2004)
Obligaciones posteriores
- Justificar el cumplimiento de la finalidad antes del 16 de noviembre de 2026
- Posibilidad de solicitar ampliación del plazo de ejecución hasta el 28 de diciembre de 2026 y de justificación hasta el 1 de febrero de 2027, previa solicitud antes del 16 de noviembre de 2026
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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