Subvenciones para el movimiento asociativo y la convivencia ciudadana en Gran Canaria
Asociaciones, federaciones, entidades sin ánimo de lucro y otras entidades de Gran Canaria
CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA · nº 891268
Título oficial: GC Convocatoria de subvenciones dirigidas a la realización de proyectos y actuaciones que fomenten la promoción del movimiento asociativo y la convivencia ciudadana.
El Cabildo Insular de Gran Canaria financia proyectos y actuaciones que fomenten el movimiento asociativo y la convivencia ciudadana en la isla.
Presupuesto
2.000.000 €
Plazo de solicitud
23 de 23 días16/03/2026 — 08/04/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Palmas
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de proyectos, actividades o actuaciones que mejoren la calidad de vida y las relaciones vecinales, potenciando el desarrollo de las personas y de los barrios de Gran Canaria mediante el fomento del movimiento asociativo y la convivencia ciudadana.
Quién puede solicitarla
Asociaciones, Federaciones o Confederaciones de Vecinos, Asociaciones de Tercera Edad, sociedades deportivas sin ánimo de lucro, Agrupaciones Folclóricas de Gran Canaria, Patronatos o Comisiones de Fiestas, y entidades sin fines lucrativos cuyos estatutos recojan fines de carácter vecinal, de tercera edad o de fomento del folclore de la isla.
Plazo de solicitud
20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de formalización del convenio de colaboración con la entidad colaboradora.
Cómo se presenta
Sede electrónica de la entidad colaboradora (URL indicada en el anuncio de apertura del plazo de solicitudes).
Requisitos clave
- Ser una de las entidades tipificadas como beneficiarias (asociaciones de vecinos, tercera edad, deportivas sin ánimo de lucro, agrupaciones folclóricas, patronatos/comisiones de fiestas o entidades sin fines lucrativos asimiladas).
- Las entidades sin fines lucrativos no tipificadas deben acreditar mediante sus estatutos que entre sus fines sociales figuran acciones de carácter vecinal, de tercera edad o de fomento del folclore de la isla.
- Realizar actividades y acciones dentro del marco de la convocatoria.
- Presentar la solicitud y documentación a través de la sede electrónica de la entidad colaboradora.
Documentación requerida
- Solicitud presentada por sede electrónica de la entidad colaboradora.
- Documentación requerida según la convocatoria (detalle en la plataforma web indicada en el anuncio de apertura de plazo).
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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