Subvenciones para dinamizar el sector artesano en La Rioja (Entidades Locales)
Entidades Locales de La Rioja — Eje 2 de la convocatoria de artesanía 2025
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO · nº 894279
Título oficial: CS ARTESANÍA 2025 eje 2 Entidades Locales
Subvenciones para que las Entidades Locales de La Rioja organicen ferias, mercados, eventos artesanos y programas de formación dirigidos a empresas artesanas.
Presupuesto
28.000 €
Plazo de solicitud
30 de 30 días28/03/2026 — 27/04/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Rioja
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Educación, cultura y deportes, Inversiones productivas, Reformas y eficiencia energética
Cuantía por beneficiario
Hasta 21.000 € (hasta 70% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar actuaciones de dinamización del sector artesano por parte de Entidades Locales: organización de ferias, mercados y eventos artesanos, y programas de formación dirigidos a empresas artesanas.
Quién puede solicitarla
Entidades Locales de La Rioja.
Periodo de ejecución
Del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026.
Plazo de solicitud
Un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.
Cómo se presenta
Sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=17267), área temática artesanía.
Requisitos clave
- Presentación de solicitud obligatoriamente por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja.
- Las actuaciones deben realizarse entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
- Concurrencia competitiva hasta agotar el crédito disponible (28.000 € para este eje).
Gastos subvencionables
- Organización de ferias, mercados y eventos artesanos en el municipio (70% del gasto subvencionable).
- Organización de programas de actividades de formación dirigidos a empresas artesanas (70% del gasto subvencionable).
Obligaciones posteriores
- Justificación del gasto antes del 15 de octubre de 2026.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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