Subvenciones para contratar desempleados en obras de interés general y social
Corporaciones locales y entidades vinculadas a la Administración Local de Córdoba
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SEPE DE CÓRDOBA · nº 904904
Título oficial: PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO AGRARIO DP CÓRDOBA DE 2026, PARA PROYECTOS DE GARANTÍA DE RENTAS
Subvenciona los costes salariales y cotizaciones a la Seguridad Social derivados de la contratación de trabajadores desempleados, preferentemente eventuales agrarios, para obras de interés general y social en la provincia de Córdoba.
Presupuesto
23.839.447 €
Plazo de solicitud
34 de 34 días16/05/2026 — 19/06/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Estatal
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Economía rural y medioambiente, Empleo y conciliación
Detalle de la convocatoria
Objeto
Subvencionar costes salariales y cotizaciones empresariales a la Seguridad Social por la contratación de trabajadores desempleados, preferentemente eventuales agrarios, para la realización de obras de interés general y social que garanticen un complemento de renta.
Quién puede solicitarla
Corporaciones locales o entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local de la provincia de Córdoba con capacidad técnica y de gestión suficiente para ejecutar los proyectos.
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE hasta el 19 de junio de 2026.
Cómo se presenta
Sede Electrónica del SEPE (https://sede.sepe.gob.es/portalSede/es/), mediante el formulario establecido al efecto.
Requisitos clave
- Ser corporación local o entidad dependiente/vinculada a una Administración Local de la provincia de Córdoba
- Disponer de capacidad técnica y de gestión suficiente para la ejecución de los proyectos
- No incurrir en las circunstancias prohibidas del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
- No incurrir en la circunstancia del artículo 3.5 de la Orden TAS 816/2005
Gastos subvencionables
- Costes salariales de los trabajadores desempleados contratados
- Cotizaciones empresariales a la Seguridad Social correspondientes a dichas contrataciones
Exclusiones
- Entidades en quienes concurran las circunstancias del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
- Entidades en quienes concurra la circunstancia del artículo 3.5 de la Orden TAS 816/2005, de 21 de marzo
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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