Subvenciones para congresos y jornadas sobre justicia gratuita, mediación y asociaciones
Colegios profesionales y entidades sin ánimo de lucro en Andalucía
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y FUNCIÓN PÚBLICA · nº 899611
Título oficial: Resolución de 16 de abril de 2026, Subv. a colegios profesionales y entidades sin ánimo de lucro para congresos, cursos, seminarios, jornadas y otras actividades en materia de justicia juvenil y cooperación Linea 2
Subvenciones en concurrencia no competitiva para la celebración de congresos, cursos, seminarios, jornadas y actividades similares en materia de justicia gratuita, mediación, solución de controversias y régimen jurídico de asociaciones, fundaciones y colegi...
Presupuesto
30.000 €
Plazo de solicitud
63 de 63 días28/04/2026 — 30/06/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Andalucía
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Cuantía por beneficiario
Hasta 5.000 € (hasta 100% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar la celebración de congresos, cursos, seminarios, jornadas y actividades similares en los ámbitos de justicia gratuita, mediación y otros medios adecuados de solución de controversias, y régimen jurídico de asociaciones, fundaciones y colegios profesionales.
Quién puede solicitarla
Colegios profesionales y entidades legalmente constituidas como entidades sin ánimo de lucro (asociaciones y fundaciones) conforme a la Ley 4/2006 de Asociaciones de Andalucía y la Ley 10/2005 de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Periodo de ejecución
Del 1 de mayo al 31 de octubre de 2026
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación en el BOJA hasta el 30 de junio de 2026, salvo agotamiento previo del crédito
Cómo se presenta
Registro electrónico único de la Administración de la Junta de Andalucía (sede electrónica: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25562.html)
Requisitos clave
- Estar legalmente constituido como colegio profesional o entidad sin ánimo de lucro
- Presentar solicitud electrónica antes del 30 de junio de 2026 o hasta agotamiento del crédito
- Los gastos subvencionables deben realizarse entre el 1 de mayo y el 31 de octubre de 2026
Gastos subvencionables
- Gastos derivados de la celebración de congresos, cursos, seminarios, jornadas y actividades de naturaleza similar en materia de justicia gratuita, mediación y otros medios adecuados de solución de controversias, y régimen jurídico de asociaciones, fundaciones y colegios profesionales
Documentación requerida
- Solicitud según Anexo I
- Documentación adicional según bases reguladoras (Orden de 1 de mayo de 2024, modificada por Orden de 21 de enero de 2026)
Exclusiones
- Solicitudes presentadas fuera de plazo (serán inadmitidas)
Obligaciones posteriores
- Justificación de los gastos subvencionables realizados en el periodo de ejecución
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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