Subvenciones para autónomos consolidados en Cantabria
Trabajadores autónomos y microempresas de reciente creación en Cantabria
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO, INNOVACIÓN Y COMERCIO · nº 892119
Título oficial: Orden IND/9/2026, de 9 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones de un programa específico para promover el mantenimiento del empleo autónomo. Reglamento (UE) 2023/2831 de Minimis General.
Subvenciones para promover el mantenimiento del empleo autónomo e incentivar la consolidación de proyectos de autoempleo y microempresas de reciente creación en Cantabria.
Presupuesto
3.343.000 €
Plazo de solicitud
22 de 22 días17/03/2026 — 08/04/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Cantabria
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Empleo y conciliación, Emprendimiento
Cuantía por beneficiario
Hasta 5.340 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Subvencionar el mantenimiento del empleo autónomo, incentivando la consolidación de proyectos de autoempleo y microempresas cuya actividad se haya iniciado entre los cinco y los tres años anteriores a la publicación de la convocatoria en el BOC.
Quién puede solicitarla
Personas dadas de alta en el RETA o mutualidad de colegio profesional de Cantabria, con cotización ininterrumpida de al menos 3 años y hasta 5, que desarrollen su actividad en empresas radicadas en Cantabria (individuales, comunidades de bienes, sociedades civiles o mercantiles, excluidas laborales y cooperativas) con plantilla de hasta 9 trabajadores por cuenta ajena.
Periodo de ejecución
Actividad iniciada entre los cinco y los tres años anteriores a la publicación del extracto en el BOC
Plazo de solicitud
15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria
Cómo se presenta
Telemáticamente a través del Registro Electrónico General de la Comunidad Autónoma de Cantabria (https://sede.cantabria.es/); también presencialmente en la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo (c/ Hernán Cortés, 9, 3.º, Santander) o por correo postal
Requisitos clave
- Alta en el RETA o mutualidad de colegio profesional de Cantabria
- Cotización ininterrumpida de al menos 3 años y hasta 5 años anteriores a la publicación del extracto en el BOC
- Actividad desarrollada de forma personal, profesional y directa
- Empresa radicada y con actividad principal en Cantabria, constituida en el período temporal exigido
- Plantilla de la empresa no superior a 9 trabajadores por cuenta ajena en la fecha de publicación del extracto
- No ser sociedad laboral ni cooperativa
Exclusiones
- Sociedades laborales
- Cooperativas
- Empresas con 10 o más trabajadores por cuenta ajena
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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