Avido
No solicitable Cerrada Local

Subvenciones para asociaciones y entidades de bienestar social en Cabra

Para asociaciones y entidades de bienestar social del municipio de Cabra

AYUNTAMIENTO DE CABRA · nº 903536

Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES DE BIENESTAR SOCIAL PARA EL AÑO 2026.

El Ayuntamiento de Cabra convoca subvenciones dirigidas a asociaciones y entidades que trabajen en el ámbito del bienestar social en el municipio.

Compartir

Presupuesto

30.000 €

Plazo de solicitud

29 de 29 días

09/05/2026 — 07/06/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Local

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades

Cuantía por beneficiario

(hasta 80% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de programas de interés social realizados por asociaciones y entidades sin ánimo de lucro: atención a colectivos vulnerables, salud y bienestar, educación y sensibilización social, inclusión social e igualdad.

Quién puede solicitarla

Asociaciones o colectivos sin ánimo de lucro, constituidos al menos un año antes de la publicación de la convocatoria y registrados en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Cabra.

Periodo de ejecución

Máximo 6 meses desde el día siguiente al pago de la subvención por el Ayuntamiento de Cabra. Los gastos son imputables desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Plazo de solicitud

30 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Cómo se presenta

Sede electrónica del Ayuntamiento de Cabra: https://sede.eprinsa.es/cabra/tramites/procedimiento/1226/registro-electrónico

Forma de pago

Pago único por el Ayuntamiento de Cabra; el plazo de ejecución se computa desde el día siguiente al pago.

Compatibilidad con otras ayudas

Compatible con otras ayudas, debiendo declarar las recibidas o solicitadas para el mismo proyecto. La subvención no puede exceder el 80 % del coste total del proyecto.

Condiciones económicas

  • Aportación del beneficiario: 20%

Requisitos clave

  • Estar formalmente constituida al menos un año antes de la publicación de la convocatoria.
  • Estar registrada en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Cabra.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
  • No tener pendiente de justificación subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Cabra cuyo plazo haya vencido.
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Gastos subvencionables

  • Gastos necesarios, directamente relacionados con la actividad subvencionada e indispensables para su preparación y ejecución.
  • Gastos indirectos (gestión, administración, alquileres, suministros, seguros, cuotas de federación, etc.) hasta un máximo del 10 % del coste total del proyecto.
  • Gastos realizados desde la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que estén relacionados con las actividades subvencionadas.

Documentación requerida

  • Solicitud (Anexo I) suscrita por el representante legal.
  • DNI del solicitante y CIF de la asociación.
  • Acta de elección del representante legal o delegación expresa del órgano competente.
  • Documento acreditativo del número de socios de la entidad.
  • Declaración responsable (Anexo II): requisitos de beneficiario, ausencia de justificaciones pendientes, situación tributaria y de Seguridad Social.
  • Declaración de otras ayudas recibidas o solicitadas para el mismo proyecto.

Exclusiones

  • Actuaciones ya realizadas por el Área de Políticas Sociales del Ayuntamiento de Cabra con medios propios.
  • Actuaciones realizadas por otras entidades por ser objeto de su competencia, salvo que sean complementarias.
  • Los gastos indirectos no pueden exceder del 10 % del coste total del proyecto.

Obligaciones posteriores

  • Ejecutar el proyecto en el plazo máximo de 6 meses desde el día siguiente al pago de la subvención.
  • Justificar la subvención en los términos establecidos en las bases reguladoras.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

Te avisamos de la próxima edición y de ayudas similares que sí puedas solicitar.

Aviso diario por email. Sin spam, puedes darte de baja cuando quieras.