Subvenciones para asociaciones y entidades de bienestar social en Cabra
Para asociaciones y entidades de bienestar social del municipio de Cabra
AYUNTAMIENTO DE CABRA · nº 903536
Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES DE BIENESTAR SOCIAL PARA EL AÑO 2026.
El Ayuntamiento de Cabra convoca subvenciones dirigidas a asociaciones y entidades que trabajen en el ámbito del bienestar social en el municipio.
Presupuesto
30.000 €
Plazo de solicitud
29 de 29 días09/05/2026 — 07/06/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Cuantía por beneficiario
(hasta 80% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de programas de interés social realizados por asociaciones y entidades sin ánimo de lucro: atención a colectivos vulnerables, salud y bienestar, educación y sensibilización social, inclusión social e igualdad.
Quién puede solicitarla
Asociaciones o colectivos sin ánimo de lucro, constituidos al menos un año antes de la publicación de la convocatoria y registrados en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Cabra.
Periodo de ejecución
Máximo 6 meses desde el día siguiente al pago de la subvención por el Ayuntamiento de Cabra. Los gastos son imputables desde la fecha de publicación de la convocatoria.
Plazo de solicitud
30 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cómo se presenta
Sede electrónica del Ayuntamiento de Cabra: https://sede.eprinsa.es/cabra/tramites/procedimiento/1226/registro-electrónico
Forma de pago
Pago único por el Ayuntamiento de Cabra; el plazo de ejecución se computa desde el día siguiente al pago.
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras ayudas, debiendo declarar las recibidas o solicitadas para el mismo proyecto. La subvención no puede exceder el 80 % del coste total del proyecto.
Condiciones económicas
- Aportación del beneficiario: 20%
Requisitos clave
- Estar formalmente constituida al menos un año antes de la publicación de la convocatoria.
- Estar registrada en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Cabra.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
- No tener pendiente de justificación subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Cabra cuyo plazo haya vencido.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Gastos subvencionables
- Gastos necesarios, directamente relacionados con la actividad subvencionada e indispensables para su preparación y ejecución.
- Gastos indirectos (gestión, administración, alquileres, suministros, seguros, cuotas de federación, etc.) hasta un máximo del 10 % del coste total del proyecto.
- Gastos realizados desde la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que estén relacionados con las actividades subvencionadas.
Documentación requerida
- Solicitud (Anexo I) suscrita por el representante legal.
- DNI del solicitante y CIF de la asociación.
- Acta de elección del representante legal o delegación expresa del órgano competente.
- Documento acreditativo del número de socios de la entidad.
- Declaración responsable (Anexo II): requisitos de beneficiario, ausencia de justificaciones pendientes, situación tributaria y de Seguridad Social.
- Declaración de otras ayudas recibidas o solicitadas para el mismo proyecto.
Exclusiones
- Actuaciones ya realizadas por el Área de Políticas Sociales del Ayuntamiento de Cabra con medios propios.
- Actuaciones realizadas por otras entidades por ser objeto de su competencia, salvo que sean complementarias.
- Los gastos indirectos no pueden exceder del 10 % del coste total del proyecto.
Obligaciones posteriores
- Ejecutar el proyecto en el plazo máximo de 6 meses desde el día siguiente al pago de la subvención.
- Justificar la subvención en los términos establecidos en las bases reguladoras.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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