Subvenciones para asociaciones vecinales y culturales de Vigo 2026
Asociaciones de vecinos y sociedades culturales sin ánimo de lucro de Vigo
AYUNTAMIENTO DE VIGO · nº 911721
Título oficial: CONVOCATORIA DE Las SUBVENCIONES PARA El FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO Y DE La PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA El AÑO 2026
El Ayuntamiento de Vigo convoca subvenciones en concurrencia competitiva para apoyar el funcionamiento, mantenimiento e inversión en equipamiento de asociaciones vecinales y sociedades culturales que fomenten el asociacionismo y la participación ciudadana.
Presupuesto
947.734 €
Plazo de solicitud
23 de 23 días13/06/2026 — 06/07/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Pontevedra
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Concesión de ayudas económicas para gastos de mantenimiento, arrendamiento de local e inversión en equipamiento de asociaciones vecinales y sociedades culturales sin ánimo de lucro que operen en el término municipal de Vigo.
Quién puede solicitarla
Entidades inscritas en los epígrafes 10.1 (Asociaciones de Vecinos) o 10.5 (Sociedades Culturales) del Registro Municipal de Asociaciones de Vigo, sin ánimo de lucro, que operen en el movimiento vecinal y tengan como ámbito de actuación el término municipal de Vigo.
Periodo de ejecución
Año 2026
Cómo se presenta
Sede electrónica / Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)
Compatibilidad con otras ayudas
Los gastos indirectos de personal no son subvencionables si ya están subvencionados total o parcialmente por cualquier otra ayuda municipal.
Requisitos clave
- Estar inscritas en el epígrafe 10.1 o 10.5 del Registro Municipal de Asociaciones de Vigo
- Operar en el movimiento vecinal y fomentar el asociacionismo y la participación ciudadana
- Tener como ámbito de actuación el término municipal de Vigo
- Desarrollar actividades que complementen competencias municipales
- Constituidas legalmente como entidades sin ánimo de lucro
Gastos subvencionables
- Programa I – Gastos de mantenimiento: suministros, servicios generales, seguros, tasas, comisiones bancarias, material fungible, reparaciones y conservación; gastos indirectos de personal hasta un 10% adicional del importe de gastos directos
- Programa II – Arrendamiento de local (base imponible + IVA) e IBI, solo para entidades sin local municipal en cesión o uso gratuito
- Programa III – Equipamiento inventariable: material informático, audiovisual, mobiliario de oficina y material para actividades
Documentación requerida
- Anexo III: importe del proyecto de gastos directos solicitado
- Anexo VIII: justificación de gastos directos finalmente ejecutados
- Certificación del/a secretario/a acreditando la incorporación al inventario del equipamiento adquirido (Programa III)
Exclusiones
- Gastos en comidas o bebidas alcohólicas
- Gastos de personal indirecto que superen el 10% adicional del importe de gastos directos
- Gastos de personal indirecto ya subvencionados total o parcialmente por otra ayuda municipal
- Cambios en la compra de material inventariable (Programa III) no autorizados expresamente
Obligaciones posteriores
- Acreditar mediante certificación del/a secretario/a que el equipamiento adquirido se incorporó al inventario de la entidad (Programa III)
- Indicar el fin concreto y el período de afectación de los bienes subvencionados (Programa III)
- Justificar los gastos directos conforme al Anexo VIII; si el importe justificado es inferior al solicitado, el importe subvencionable por gastos indirectos de personal se reduce proporcionalmente
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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