Subvenciones para actividades terapéuticas y rehabilitadoras en Benidorm
Asociaciones y entidades sin fin de lucro en el ámbito de Servicios Sociales, Igualdad y Sanidad
AYUNTAMIENTO DE BENIDORM · nº 933270
Título oficial: Convocatoria de subvenciones a Asociaciones y Entidades sin fin de lucro, en el ámbito de los Servicios Sociales, Igualdad y Sanidad destinadas a la realización de actividades de carácter terapéutico y/o rehabilitador en el municipio de Benidorm 2026
Subvenciones del Ayuntamiento de Benidorm a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades de carácter terapéutico y/o rehabilitador en el municipio.
Presupuesto
90.000 €
Plazo de solicitud
14 de 14 días07/10/2026 — 21/10/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Alicante/Alacant
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Cuantía por beneficiario
Hasta 12.000 € (hasta 90% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar actividades de carácter terapéutico y/o rehabilitador realizadas por asociaciones y entidades sin fin de lucro en el municipio de Benidorm.
Quién puede solicitarla
Asociaciones y entidades sin fin de lucro dentro del ámbito de los Servicios Sociales, Igualdad y Sanidad.
Periodo de ejecución
Del 1 de noviembre de 2025 al 31 de octubre de 2026.
Plazo de solicitud
15 días naturales desde el día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cómo se presenta
Sede electrónica del Ayuntamiento de Benidorm (https://sede.benidorm.org)
Compatibilidad con otras ayudas
La parte del gasto que exceda de la subvención municipal puede financiarse con otras subvenciones o ingresos propios de la entidad.
Condiciones económicas
- Aportación del beneficiario: 10%
Requisitos clave
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Benidorm.
- Tener como fines institucionales expresos la realización de actividades terapéuticas y/o rehabilitadoras según sus estatutos.
- No estar incursas en las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario según el art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Hallarse al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Estar al corriente de obligaciones con el Ayuntamiento de Benidorm.
- Haber justificado cualquier subvención concedida por el Ayuntamiento en la anualidad 2025 o haber formalizado renuncia expresa.
Gastos subvencionables
- Gastos derivados de actividades de carácter terapéutico y/o rehabilitador iniciadas como mínimo seis meses antes de la publicación de las bases.
Obligaciones posteriores
- Justificar la subvención concedida en los plazos establecidos por el Ayuntamiento de Benidorm.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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