Subvenciones para actividades juveniles, populares y de tiempo libre en Pedrola
Asociaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Pedrola
AYUNTAMIENTO DE PEDROLA · nº 894427
Título oficial: Convocatoria de subvenciones acción social 2026 ((Subvenciones a favor de asociaciones para actividades juveniles, populares y de ocupación del tiempo libre)
El Ayuntamiento de Pedrola financia actividades, proyectos y programas de carácter juvenil, popular y de ocupación del tiempo libre promovidos por asociaciones y entidades sin ánimo de lucro inscritas en su Registro Municipal de Asociaciones Vecinales.
Presupuesto
9.100 €
Plazo de solicitud
32 de 32 días27/03/2026 — 28/04/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Zaragoza
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de actividades, proyectos y programas de carácter juvenil, popular y de ocupación del tiempo libre, incluyendo gastos culturales de viajes promovidos por las asociaciones beneficiarias.
Quién puede solicitarla
Asociaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro constituidas legalmente, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales de Pedrola, al corriente de obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal y que realicen actividades acordes con la planificación municipal en materia de juventud, actividades populares y ocupación del tiempo libre.
Plazo de solicitud
Desde la fecha de publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza
Cómo se presenta
Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pedrola (https://pedrola.sedelectronica.es/info.0) o Registro General del Ayuntamiento mediante medios electrónicos
Requisitos clave
- Estar constituida legalmente e inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales de Pedrola
- No estar incursa en causa que impida obtener la condición de beneficiario (art. 13.2 Ley 38/2003)
- Hallarse al corriente de obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal
- Realizar actividades o presentar programas acordes con la planificación general municipal en materia de juventud, actividades populares y ocupación del tiempo libre
Gastos subvencionables
- Actividades, proyectos y programas de carácter juvenil, popular y de ocupación del tiempo libre desarrollados en el municipio
- Gastos de carácter cultural (entradas, guías, etc.) relacionados con viajes culturales promovidos por las asociaciones, aunque no se desarrollen en el municipio
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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