Avido
No solicitable Cerrada Estatal

Subvenciones para actividades de interés general de interés social

Cruz Roja Española y entidades del Tercer Sector de Acción Social

DIRECCIÓN GENERAL DE DIVERSIDAD FAMILIAR Y SERVICIOS SOCIALES · nº 905627

Título oficial: Resolución de 12 de mayo de 2026, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se convocan subvenciones para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social.

Financiación de actividades de interés general consideradas de interés social en el ámbito de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, conforme a los ejes del Real Decreto-ley 7/2013.

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Presupuesto

108.204.560 €

Plazo de solicitud

41 de 41 días

20/05/2026 — 30/06/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Estatal

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de programas de actividades de interés general consideradas de interés social correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, en los ejes del artículo 2.1 del Real Decreto-ley 7/2013, según el Anexo A de la convocatoria.

Quién puede solicitarla

Cruz Roja Española y entidades u organizaciones del Tercer Sector de Acción Social. Quedan excluidos organismos o entidades públicas, universidades, partidos políticos, colegios profesionales, cámaras de comercio, sociedades civiles, organizaciones empresariales y sindicatos.

Plazo de solicitud

Treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE, finalizando a las 23:59 horas del último día de plazo.

Cómo se presenta

Página web de la convocatoria: https://www.dsca.gob.es/es/derechos-sociales/nueva-web-ongs-y-subvenciones

Requisitos clave

  • Ser Cruz Roja Española o entidad u organización del Tercer Sector de Acción Social
  • Los programas deben ajustarse a las definiciones, prioridades y requisitos del Anexo A de la convocatoria
  • Las actividades deben referirse a los ejes del artículo 2.1 del Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio
  • Ámbito propio del Estado

Gastos subvencionables

  • Programas cuya definición, prioridades y requisitos figuran en el Anexo A de la Resolución de convocatoria

Exclusiones

  • Organismos o entidades públicas adscritos o vinculados a una Administración Pública
  • Universidades
  • Partidos políticos
  • Colegios profesionales
  • Cámaras oficiales de comercio, industria y navegación
  • Sociedades civiles, organizaciones empresariales y sindicatos

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

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