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No solicitable Cerrada Local · Gipuzkoa

Subvenciones para actividades culturales y fiestas en Astigarraga

Personas físicas, jurídicas y entidades sin ánimo de lucro vinculadas a Astigarraga

AYUNTAMIENTO DE ASTIGARRAGA · nº 903215

Título oficial: Convocatoria y bases específicas para las subvenciones destinadas al fomento de la cultura y las fiestas en Astigarraga.

El Ayuntamiento de Astigarraga convoca subvenciones para la creación, difusión y organización de actividades culturales y festivas en el municipio, en régimen de libre concurrencia.

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Presupuesto

24.000 €

Plazo de solicitud

14 de 14 días

21/05/2026 — 04/06/2026

Beneficiarios

Persona física, Otro

Ámbito

Local · Gipuzkoa

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Detalle de la convocatoria

Objeto

Fomento de la creación, difusión y organización de actividades culturales y festivas en Astigarraga.

Quién puede solicitarla

Personas físicas, jurídicas o entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que sean de Astigarraga o que, no siéndolo, organicen la actividad subvencionada en el municipio.

Plazo de solicitud

15 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria.

Cómo se presenta

Según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Astigarraga.

Requisitos clave

  • No tener ánimo de lucro.
  • Ser de Astigarraga o, en su defecto, organizar la actividad en el municipio.
  • Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones.
  • Haber presentado la documentación de justificación de la subvención municipal recibida en la convocatoria del año anterior (si aplica).

Documentación requerida

  • Solicitud presentada conforme al artículo 16 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones.

Exclusiones

  • Entidades o personas con ánimo de lucro.
  • Quienes no hayan presentado la documentación de justificación de la subvención municipal recibida en la convocatoria del año anterior.
  • Quienes incumplan el artículo 13 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones.

Obligaciones posteriores

  • Presentar la documentación justificativa de la subvención recibida para poder acceder a futuras convocatorias.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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