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Subvenciones para actividades culturales, festivas, sociales y de comercio en Almussafe...

Entidades culturales, festivas, cívico-sociales y de comercio de Almussafes

AYUNTAMIENTO DE ALMUSSAFES · nº 895408

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES, FESTIVAS, CÍVICO Y COMERCIO EN ALMUSSAFES EJERCICIO 2026.

El Ayuntamiento de Almussafes subvenciona los programas propios de entidades culturales, festivas, cívico-sociales y de comercio del municipio para su funcionamiento, desarrollo y difusión en 2026.

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Presupuesto

89.000 €

Plazo de solicitud

20 de 20 días

09/04/2026 — 29/04/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Local · Valencia/València

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades, Comercio y turismo, Educación, cultura y deportes

Cuantía por beneficiario

Hasta 5.500 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar los programas propios de entidades culturales, festivas, cívico-sociales y de comercio de Almussafes para su funcionamiento, desarrollo y difusión, referidos a proyectos de promoción cultural, festiva, social y de comercio en el municipio.

Quién puede solicitarla

Entidades culturales, festivas, cívico-sociales y de comercio de Almussafes.

Periodo de ejecución

Ejercicio 2026

Plazo de solicitud

15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

Cómo se presenta

Página web del Ayuntamiento de Almussafes y Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

Requisitos clave

  • Ser una entidad que se encuentre en la situación que legitima la concesión de la subvención.
  • Desarrollar actividades culturales, festivas, cívico-sociales o de comercio en Almussafes.

Gastos subvencionables

  • Programas propios de las entidades para su funcionamiento, desarrollo y difusión.
  • Proyectos de promoción cultural, festiva, social y de comercio en el municipio.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

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