Subvenciones para actividades culturales en la provincia de Jaén
Personas físicas, asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro vinculadas a Jaén
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN · nº 905515
Título oficial: CONVOCATORIA SUBVENCIONES A ENTIDADES Y ASOCIACIONES CULTURA 2026
La Diputación Provincial de Jaén financia actividades, programas y proyectos de fomento y promoción cultural: artes escénicas, artes visuales, artes y tradiciones populares, flamenco, y edición bibliográfica de contenido cultural.
Presupuesto
80.000 €
Plazo de solicitud
19 de 19 días16/05/2026 — 04/06/2026
Beneficiarios
Persona física, Otro
Ámbito
Local · Jaén
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Cuantía por beneficiario
Hasta 3.000 € (hasta 70% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar la realización de actividades, programas y proyectos de fomento y promoción de la actividad cultural de Jaén: artes escénicas, artes visuales, artes y tradiciones populares, flamenco, y edición y publicación bibliográfica de contenido cultural.
Quién puede solicitarla
Personas físicas, asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro cuya actividad cultural esté vinculada a la provincia de Jaén.
Periodo de ejecución
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
Plazo de solicitud
15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia.
Forma de pago
Pago único tras justificación de la realización de la actividad, programa o proyecto subvencionado.
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras ayudas.
Condiciones económicas
- Aportación del beneficiario: 30%
Requisitos clave
- Actividad cultural vinculada a la provincia de Jaén
- Régimen de concurrencia competitiva
- El importe solicitado no puede superar el 70% del presupuesto de la actividad
Gastos subvencionables
- Los previstos en el artículo 20 de la convocatoria
Documentación requerida
- La prevista en el artículo 9 de la convocatoria
Exclusiones
- Las actuaciones contempladas en el artículo 8 de la convocatoria
Obligaciones posteriores
- Justificar la realización de la actividad mediante la documentación del artículo 22 de la convocatoria en un plazo máximo de 45 días naturales desde el fin del plazo de ejecución
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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