Subvenciones para actividad comercial en valenciano en Sueca
Comercios, empresas, industrias y profesionales del término municipal de Sueca
AYUNTAMIENTO DE SUECA · nº 906500
Título oficial: Convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito comercial y empresarial para el fomento del uso del valenciano
Subvenciones para financiar acciones como rotulación, material impreso, publicidad, documentación administrativa, páginas web y edición de guías y catálogos realizadas en valenciano.
Presupuesto
4.100 €
Plazo de solicitud
60 de 124 díasQuedan 64 días
Abrió 29/05 · cierra 30/09/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Local · Valencia/València
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Digitalización, Educación, cultura y deportes
Cuantía por beneficiario
Hasta 700 € (hasta 50% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar acciones de actividad comercial realizadas en valenciano: rotulación, material impreso, publicidad, documentación administrativa, páginas web de nueva creación y edición de guías y catálogos.
Quién puede solicitarla
Comercios, empresas, industrias y profesionales del término municipal de Sueca al corriente de obligaciones tributarias, fiscales y de seguridad social.
Periodo de ejecución
Actividades realizadas durante el año de la convocatoria; facturas emitidas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.
Plazo de solicitud
Del 1 de junio al 30 de septiembre de 2026.
Cómo se presenta
Sede electrónica del Ayuntamiento de Sueca (presentación telemática con firma electrónica).
Forma de pago
Pago posterior a la justificación de la actividad realizada. Los beneficiarios deben acreditar la realización antes de cobrar la ayuda.
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras ayudas por el mismo concepto, siempre que el total no supere el coste de la actividad.
Requisitos clave
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y fiscales con el Ayuntamiento de Sueca y con la Seguridad Social.
- Las inscripciones deben estar exclusivamente en valenciano y escritas correctamente.
- En rotulación, no se admiten leyendas idénticas en castellano ni limitadas al nombre comercial y dirección.
- Si se usan varias lenguas en redes sociales, el valenciano es requisito indispensable.
- Solo se puede conceder una ayuda por persona o entidad beneficiaria y año.
- Las actividades subvencionadas deben haberse realizado durante el año de la convocatoria (facturas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026).
Gastos subvencionables
- Rotulación (hasta 50% del coste, máx. 700 €).
- Páginas web de nueva creación (hasta 50% del coste, máx. 700 €).
- Material impreso (hasta 33% del coste, máx. 500 €).
- Publicidad (hasta 33% del coste, máx. 500 €).
- Documentación administrativa (hasta 33% del coste, máx. 500 €).
- Edición de guías y catálogos (hasta 33% del coste, máx. 500 €).
Documentación requerida
- Solicitud en modelo normalizado (Anexo I) con declaración responsable (Anexo II), presentada telemáticamente con firma electrónica.
- Fotocopia de la factura correspondiente, emitida entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.
- Para rotulación: fotografía del letrero.
- Para material impreso, documentación administrativa y similares: un ejemplar del material.
- Para páginas web: proyecto de creación o mejora.
Exclusiones
- Rotulación con inscripciones idénticas en castellano.
- Rotulación limitada únicamente al nombre comercial y la dirección.
- Páginas web con insuficiente calidad lingüística en valenciano, a criterio de la Oficina de Promoción Lingüística.
Obligaciones posteriores
- Justificar la realización de la actividad antes de cobrar la ayuda.
- Presentar toda la documentación justificativa en la sede electrónica antes del 31 de octubre de 2026.
- Comunicar al Ayuntamiento la recepción de otras ayudas por el mismo concepto para que no superen el coste de la actividad.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 30/09/2026 — quedan 64 días para solicitarla.
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