Subvenciones en materia de educación para AMPAs de Gáldar
Asociaciones de madres y padres de alumnos de centros públicos del municipio de Gáldar
AYUNTAMIENTO DE GÁLDAR · nº 885742
Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE EDUCACIÓN, DESTINADA A ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNAS Y ALUMNOS DEL MUNICIPIO DE GÁLDAR EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITITVA (Convocatoria año 2026)
El Ayuntamiento de Gáldar convoca subvenciones en materia de educación dirigidas a las AMPAs de centros públicos de educación infantil, primaria y escuelas unitarias del municipio.
Presupuesto
30.000 €
Plazo de solicitud
13 de 13 días13/02/2026 — 26/02/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Palmas
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Cuantía por beneficiario
Hasta 3.750 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Subvenciones en materia de educación destinadas a asociaciones de madres y padres de alumnas y alumnos de centros públicos del municipio de Gáldar.
Quién puede solicitarla
Asociaciones de madres y padres de alumnas y alumnos de centros de educación infantil y primaria públicos, y de escuelas unitarias públicas, del municipio de Gáldar.
Periodo de ejecución
Anualidad 2026 (justificación hasta el 15 de enero de 2027).
Plazo de solicitud
10 días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
Cómo se presenta
Presentación telemática mediante solicitud conforme al modelo oficial, firmada digitalmente por el/la representante legal.
Requisitos clave
- Ser una asociación de madres y padres de alumnas y alumnos de un centro público del municipio de Gáldar.
- Presentar la solicitud conforme al modelo establecido (Anexos I, II, III, IV).
- La solicitud debe ir firmada digitalmente por el/la representante legal de la asociación.
Documentación requerida
- Solicitud conforme al modelo oficial (Anexos I, II, III y IV), firmada digitalmente por el/la representante legal de la asociación.
Exclusiones
- Se inadmitirán las solicitudes que no se ajusten al modelo oficial facilitado.
Obligaciones posteriores
- Presentar la justificación de las subvenciones antes del 15 de enero de 2027.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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