Subvenciones al transporte marítimo de personas en San Javier (2026)
Personas físicas y jurídicas que operen en el municipio de San Javier
AYUNTAMIENTO DE SAN JAVIER · nº 905976
Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES A PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE TRANSPORTE MARÍTIMO DE PERSONAS EN EL MUNICIPIO DE SAN JAVIER, DURANTE EL AÑO 2026
El Ayuntamiento de San Javier convoca subvenciones en concurrencia competitiva para quienes realicen actividades de transporte marítimo de personas en su término municipal durante el año 2026.
Presupuesto
75.000 €
Plazo de solicitud
19 de 19 días19/05/2026 — 07/06/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Local · Murcia
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo
Detalle de la convocatoria
Objeto
Subvencionar la realización de actividades de transporte marítimo de personas en el municipio de San Javier durante el año 2026.
Quién puede solicitarla
Personas físicas y jurídicas legalmente constituidas que realicen la actividad subvencionada en el término municipal de San Javier durante el año 2026.
Periodo de ejecución
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
Plazo de solicitud
Veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Cómo se presenta
Registro Electrónico General del Ayuntamiento de San Javier (sede electrónica), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Forma de pago
Abono de forma inmediata tras la resolución de la Junta de Gobierno Local, sin perjuicio de los deberes de justificación posteriores.
Requisitos clave
- Realizar la actividad de transporte marítimo de personas en el término municipal de San Javier.
- Actividad ejecutada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Gastos subvencionables
- Gastos acreditados mediante nóminas, documentos de ingreso de cuotas de seguridad social, facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente ajustados a la legislación fiscal.
- Los justificantes de gastos deben alcanzar al menos el doble del importe de la subvención concedida.
Documentación requerida
- DNI del solicitante.
- En caso de personas jurídicas: escritura de constitución y poder del representante bastanteado.
- NIF de la entidad y DNI del representante.
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003.
- Código de cuenta corriente (IBAN).
- Copia del proyecto o memoria de la actividad.
- Estado de gastos e ingresos de las actividades para las que se solicita la subvención.
Exclusiones
- Personas o entidades incursas en las causas de prohibición del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Obligaciones posteriores
- Justificar el cumplimiento de la finalidad en el plazo de tres meses desde la finalización de la actividad subvencionada (prorrogable tres meses más previa solicitud motivada).
- Presentar memoria detallada de la actividad con indicación de los resultados obtenidos.
- Presentar documentos probatorios de la publicidad dada a la aportación municipal.
- Presentar memoria económica de ingresos y gastos con justificantes por importe al menos del doble de la subvención concedida.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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