Subvenciones al fomento de las artes escénicas en la Comunitat Valenciana 2026
Producción, gira, festivales y asociaciones del sector escénico profesional
INSTITUT VALENCIÀ DE CULTURA (IVC) · nº 914401
Título oficial: RESOLUCIÓN del director general del IVC por la que se convocan subvenciones al fomento de las artes escénicas para 2026, en las modalidades de producción profesional de un montaje escénico, gira de espectáculos, festivales y muestras y asociaciones y ESAL
El IVC convoca subvenciones para la creación, producción, difusión y exhibición de artes escénicas en la Comunitat Valenciana en cuatro modalidades: producción profesional de montajes, giras de espectáculos, festivales y muestras, y asociaciones y entidades...
Presupuesto
350.000 €
Plazo de solicitud
20 de 20 días30/06/2026 — 20/07/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Comunitat Valenciana
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Cuantía por beneficiario
Hasta 80.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Fomento de las artes escénicas en la Comunitat Valenciana mediante cuatro modalidades: producción profesional de montajes escénicos (circo, danza, teatro), giras de espectáculos, festivales y muestras, y actividades de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del sector
Quién puede solicitarla
Personas y entidades que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria para cada modalidad (producción profesional, gira, festivales/muestras o asociaciones y ESAL del sector escénico)
Periodo de ejecución
Del 1 de diciembre de 2025 al 30 de noviembre de 2026 (el estreno en producción profesional puede ser hasta el 31 de enero de 2027)
Plazo de solicitud
15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGV
Cómo se presenta
Vía telemática a través de la sede electrónica del IVC: https://sede.ivc.gva.es/
Forma de pago
Pago previa justificación presentada antes del 30 de noviembre de 2026 por vía telemática ante el IVC
Requisitos clave
- Cumplir los requisitos específicos del resuelvo tercero de la convocatoria según la modalidad solicitada
- Las actividades deben realizarse entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026 (salvo estreno en producción profesional, hasta el 31 de enero de 2027)
- Presentar solicitud en modelo normalizado por vía telemática a través de la sede electrónica del IVC
Documentación requerida
- Solicitud en modelo normalizado dirigida al IVC
- Documentos justificativos suscritos por la persona beneficiaria o representante legal, presentados antes del 30 de noviembre de 2026
Obligaciones posteriores
- Justificar la ayuda ante el IVC por vía telemática no más tarde del 30 de noviembre de 2026
- La falta de justificación en plazo conlleva la revocación de la subvención
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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