Avido
No solicitable Cerrada Local · Madrid

Subvenciones al asociacionismo en el distrito de Moratalaz (2026)

Asociaciones de base con sede en el distrito de Moratalaz inscritas en el Censo Municipal

DISTRITO DE MORATALAZ · nº 886790

Título oficial: Decreto de 10 de febrero de 2026 del Concejal Presidente del Distrito de Moratalaz, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo en convocatoria ordinaria de 2026

Subvenciones del distrito de Moratalaz para fortalecer el tejido asociativo, garantizar el funcionamiento de las entidades y desarrollar sus actividades en la vida comunitaria.

Compartir

Presupuesto

59.491 €

Plazo de solicitud

19 de 19 días

20/02/2026 — 11/03/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Local · Madrid

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades

Cuantía por beneficiario

Hasta 3.461 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Fortalecer el tejido asociativo y promover la implicación activa de los ciudadanos en la vida comunitaria, contribuyendo a la continuidad y crecimiento de las asociaciones y a la cohesión social en los barrios. Se financia mediante dos modalidades: proyectos y gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios (alquiler, funcionamiento y equipamiento).

Quién puede solicitarla

Asociaciones de base adscritas con sede social en el distrito de Moratalaz, inscritas en la Sección 1.ª del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid.

Periodo de ejecución

Anualidad 2026

Plazo de solicitud

15 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

Cómo se presenta

Sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid: https://sede.madrid.es

Forma de pago

Pago único de carácter anticipado, al tratarse de entidades sin ánimo de lucro que requieren financiación previa para el cumplimiento de los fines subvencionados.

Compatibilidad con otras ayudas

Incompatible con subvenciones nominativas del Ayuntamiento de Madrid para 2026 y con subvenciones convocadas por el Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias para la misma finalidad.

Condiciones económicas

  • Anticipo: hasta 100%

Requisitos clave

  • Tener sede social en el distrito de Moratalaz
  • Estar inscritas en la Sección 1.ª del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid
  • Cumplir los requisitos de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales del Ayuntamiento de Madrid (aprobada 30/10/2013, modificada 28/11/2023)
  • Modalidad proyectos: presupuesto total del proyecto no superior a 30.000 € (impuestos incluidos) y cuantía solicitada no superior a 2.460,50 €
  • Modalidad gastos de funcionamiento de sedes: cuantía solicitada no superior a 1.829 € en conjunto
  • Modalidad equipamiento, mobiliario e informática: cuantía solicitada no superior a 1.000 €

Gastos subvencionables

  • Gastos de proyectos de actividades asociativas (excluidos gastos de inversión)
  • Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social
  • Adquisición de equipamiento, mobiliario y equipos informáticos

Documentación requerida

  • Solicitud de subvención según modelo oficial
  • Memoria explicativa del proyecto (Anexo I) para la modalidad de proyectos
  • Modelo Anexo II para la modalidad de gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios
  • Presupuesto de gasto estimado (impuestos incluidos) para equipamiento, mobiliario e informática

Exclusiones

  • Proyectos con gastos de inversión (modalidad proyectos)
  • Gastos derivados de cualquier clase de obras en sedes sociales u otros espacios (modalidad gastos de funcionamiento)
  • Solicitudes cuya cuantía supere los límites establecidos por modalidad
  • Incompatible con subvenciones nominativas del Ayuntamiento de Madrid para 2026
  • Incompatible con subvenciones convocadas por el Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias para la misma finalidad

Obligaciones posteriores

  • La diferencia entre la subvención concedida y el coste total de las actividades deberá cubrirse con medios propios o fuentes de financiación privadas
  • Subcontratación limitada al 50% del importe subvencionado (modalidad proyectos)

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

Te avisamos de la próxima edición y de ayudas similares que sí puedas solicitar.

Aviso diario por email. Sin spam, puedes darte de baja cuando quieras.