Subvenciones a proyectos de cooperación para el desarrollo 2026
Para ONGD y entidades sin ánimo de lucro — Diputación Provincial de Cádiz
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ · nº 902074
Título oficial: Convocatoria de Subvenciones a Proyectos de Cooperación para el Desarrollo 2026
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para proyectos de cooperación al desarrollo ejecutados por ONGD y entidades sin ánimo de lucro, orientados a países en vías de desarrollo.
Presupuesto
260.000 €
Plazo de solicitud
39 de 39 días11/05/2026 — 19/06/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Cádiz
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Economía rural y medioambiente
Cuantía por beneficiario
Hasta 30.000 € (hasta 80% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar proyectos de cooperación para el desarrollo promovidos por ONGD y entidades sin ánimo de lucro en países en vías de desarrollo, en zonas prioritarias de Iberoamérica, Norte de África, Oriente Medio y África Subsahariana.
Quién puede solicitarla
ONGD y entidades sin ánimo de lucro que presenten proyectos de cooperación para el desarrollo.
Periodo de ejecución
Ejercicio 2026
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras ayudas de la misma finalidad, siempre que el importe total no supere el coste de la actividad subvencionada (art. 19.3 LGS).
Condiciones económicas
- Aportación del beneficiario: 20%
- Régimen de minimis: no
Requisitos clave
- El proyecto debe ejecutarse en las zonas geográficas prioritarias establecidas en la convocatoria
- La entidad debe acreditar documentalmente el 20% de cofinanciación propia sobre la cantidad subvencionada
- La subvención máxima por proyecto es de 30.000 €
- La ayuda no puede superar el 80% del importe total del proyecto
Gastos subvencionables
- Gastos directos de capital (cap. VII): adquisición de terrenos, reformas o construcción de inmuebles o infraestructuras, equipos y material inventariable
- Gastos directos corrientes (cap. IV): gastos corrientes y fungibles, viajes y salarios del personal local y expatriado
- Gastos indirectos hasta el 10% de la subvención concedida
Documentación requerida
- Documentación acreditativa del 20% de cofinanciación propia
Exclusiones
- El coste de adquisición de gastos subvencionables no puede superar el valor de mercado
- Los gastos indirectos subvencionados no pueden exceder del 10% de la subvención
- Recibos y similares quedan excluidos de los gastos corrientes subvencionables (cap. IV)
Obligaciones posteriores
- Comunicar a la Diputación la obtención de otras subvenciones para el mismo proyecto, especificando cuantía y destino
- Comunicar a la mayor brevedad si la suma de ayudas supera el coste total de la actividad subvencionada
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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