Subvenciones a programas sociales del Tercer Sector en La Rioja (IRPF 2026)
Entidades del Tercer Sector en La Rioja que desarrollen programas de interés social
CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES · nº 895946
Título oficial: CONVOCTARIA SUBV. FINES SOCIALES CON CARGO ASIGNAC. TRIBUTARIA IRPF 2026
Subvenciones para programas e inversiones de interés general con fines sociales, dirigidas a entidades del Tercer Sector en La Rioja, con cargo a la asignación tributaria del IRPF.
Presupuesto
2.640.000 €
Plazo de solicitud
22 de 22 días02/04/2026 — 24/04/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Rioja
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de programas e inversiones de interés general dirigidos a fines de interés social ejecutados durante el año 2027, a desarrollar por entidades del Tercer Sector en La Rioja.
Quién puede solicitarla
Entidades del Tercer Sector en la Comunidad Autónoma de La Rioja que desarrollen programas de interés general dirigidos a fines de interés social.
Periodo de ejecución
Programas e inversiones realizados durante el año 2027, abonados antes de la finalización del plazo de justificación.
Plazo de solicitud
15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.
Cómo se presenta
Exclusivamente telemático a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/oficina-electronica/es)
Requisitos clave
- Ser entidad del Tercer Sector en La Rioja
- Desarrollar programas de interés general dirigidos a fines de interés social
- Los programas e inversiones deben ejecutarse durante el año 2027
- Presentación exclusivamente telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja
Gastos subvencionables
- Programas de interés general con fines de interés social (hasta 2.000.000 €)
- Inversiones de entidades del Tercer Sector (hasta 640.000 €)
- Retribuciones de personal según límites del Anexo II de la convocatoria
Documentación requerida
- Impreso de solicitud generado desde la sede electrónica
- Documentación exigida por la Orden 6/2017, de 27 de septiembre
Obligaciones posteriores
- Justificar la subvención conforme al artículo 18 de la Orden 6/2017 y al apartado séptimo de la resolución de convocatoria
- Abonar los gastos con anterioridad a la finalización del plazo de justificación
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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