Subvenciones a la apicultura en Andalucía 2026 (PEPAC 23/27)
Titulares de explotaciones apícolas, cooperativas y organizaciones en Andalucía
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL · nº 887703
Título oficial: Resolución de 17 de febrero de 2026, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para el año 2026 correspondientes a la Intervención Sectorial Apícola en el marco del PEPAC 23/27
Convocatoria en concurrencia competitiva de las ayudas correspondientes a la Intervención Sectorial Apícola 2026 en Andalucía, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
Presupuesto
3.576.970 €
Plazo de solicitud
3 de 3 días27/02/2026 — 02/03/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Andalucía
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Economía rural y medioambiente
Detalle de la convocatoria
Objeto
Ayudas a la apicultura en Andalucía para el año 2026 en el marco de la Intervención Sectorial Apícola del PEPAC 2023-2027.
Quién puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas en Andalucía (incluidas titularidades compartidas) con actividad apícola previa al 1 de enero del año de solicitud, y cuyo objeto social sea la actividad apícola en el caso de personas jurídicas. También cooperativas apícolas, SAT y organizaciones representativas con personalidad jurídica propia cuyos apicultores cumplan los requisitos, con un mínimo de 20.000 colmenas subvencionables (salvo excepciones por acción).
Plazo de solicitud
Un mes a contar desde el día 2 de marzo de 2026
Cómo se presenta
Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía (https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25374/datos-basicos.html)
Requisitos clave
- Ser titular de una explotación apícola en Andalucía
- Llevar realizando actividad apícola con anterioridad al 1 de enero del año de solicitud
- Las personas jurídicas deben tener la actividad apícola como objeto social en sus estatutos
- Las cooperativas, SAT y organizaciones deben integrar un mínimo de 20.000 colmenas subvencionables (salvo acciones específicas)
- Para acciones 6.4, 6.5, 7.1 y 7.2: acreditar el volumen de miel producida y comercializada según el Anexo I de la Orden de 21 de julio de 2023
Documentación requerida
- Solicitud conforme a los modelos establecidos publicados en el BOJA y disponibles en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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