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Subvenciones a establecimientos comerciales de Castelló d'Empúries 2025

Personas físicas o jurídicas titulares de un establecimiento comercial en Castelló d'Empúries

AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓ D'EMPÚRIES · nº 887357

Título oficial: CONCESION SUBVENCIONES A LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DURANTE EL AÑO 2025

Subvenciones del Ayuntamiento de Castelló d'Empúries a titulares de establecimientos comerciales del municipio por acciones realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

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Presupuesto

34.000 €

Plazo de solicitud

8 de 8 días

20/02/2026 — 28/02/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Local · Girona

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Comercio y turismo

Detalle de la convocatoria

Objeto

Subvencionar acciones realizadas por establecimientos comerciales del municipio durante el año 2025, en el marco de dos líneas (A y B).

Quién puede solicitarla

Personas físicas o jurídicas titulares de un establecimiento comercial en Castelló d'Empúries, legalmente constituidas, que cumplan los requisitos de las bases específicas.

Periodo de ejecución

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025

Plazo de solicitud

Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 28 de febrero de 2026, ambos inclusive.

Cómo se presenta

Registro de entrada del Ayuntamiento de Castelló d'Empúries o por cualquiera de los medios del artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

Forma de pago

Pago único tras justificación y resolución de la Junta de Gobierno Local. No se prevén anticipos.

Condiciones económicas

  • Anticipo: hasta 0%

Requisitos clave

  • Ser titular de un establecimiento comercial en Castelló d'Empúries
  • Estar legalmente constituido
  • Actividad incluida en la Ley 18/2020, excepto vehículos de motor y motocicletas
  • Superficie construida máxima de 500 m²
  • Establecimiento abierto un mínimo de 9 meses al año
  • Presentar solicitud para una sola de las dos líneas (A o B) por año

Documentación requerida

  • Solicitud dirigida al Alcalde del Ayuntamiento
  • Documentación requerida en las bases específicas (punto 3)

Exclusiones

  • Actividades recreativas (código 90)
  • Actividades de restauración: bares, restaurantes, etc. (código 56)
  • Actividades inmobiliarias (código 68)
  • Vehículos de motor y motocicletas
  • Las exclusiones anteriores no aplican en la modalidad B de nueva implementación

Obligaciones posteriores

  • Justificar la subvención con la documentación requerida
  • Comunicar al Ayuntamiento cualquier modificación esencial en el proyecto
  • Someterse a auditorías o comprobaciones del Ayuntamiento

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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