Subvenciones a entidades y asociaciones de Sant Julià de Ramis 2026
Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro de Sant Julià de Ramis y Medinyà
AYUNTAMIENTO DE SANT JULIÀ DE RAMIS · nº 913779
Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES Y ASOCIACIONES DE SANT JULIÀ DE RAMIS EJERCICIO 2026
Subvenciones en concurrencia competitiva para financiar proyectos y actividades de deporte, cultura, educación y participación ciudadana a desarrollar durante 2026.
Presupuesto
3.226.589 €
Plazo de solicitud
29 de 29 días23/06/2026 — 22/07/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Girona
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de proyectos y actividades de entidades y asociaciones sin ánimo de lucro en los ámbitos del deporte, la cultura, la educación y la participación ciudadana, durante el ejercicio 2026.
Quién puede solicitarla
Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro con sede social en Sant Julià de Ramis o Medinyà, legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades Municipal.
Periodo de ejecución
Ejercicio 2026.
Plazo de solicitud
Un mes a contar del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cómo se presenta
Registro General del Ayuntamiento de Sant Julià de Ramis (Calle Mayor, 1), sede electrónica (www.santjuliaderamis.cat) o cualquier otro medio admitido por la normativa vigente.
Forma de pago
Pago tras justificación de la actividad o proyecto subvencionado.
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras subvenciones o ayudas, siempre que no se supere el coste total del proyecto o actividad.
Requisitos clave
- Tener la sede social en Sant Julià de Ramis o Medinyà y desarrollar allí la actividad principal.
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades Municipal.
- No estar incursas en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Gastos subvencionables
- Gastos derivados de proyectos y actividades de deporte y actividad física.
- Gastos derivados de proyectos y actividades culturales.
- Gastos derivados de proyectos y actividades educativas.
- Gastos derivados de proyectos de participación ciudadana y actividades de interés general.
Documentación requerida
- Solicitud según modelo oficial.
- Documentación establecida en el artículo 6 de las Bases Reguladoras.
Obligaciones posteriores
- Presentar justificación antes del 30 de noviembre de 2026.
- Incluir memoria de la actuación.
- Aportar relación de gastos imputados a la subvención.
- Presentar declaración responsable sobre obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Aportar estado de cuentas del año de la convocatoria.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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