Subvenciones a entidades sociales de Alzira para programas de acción social 2026
Entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Consejo de Acción Social y Salud de Alzira
AYUNTAMIENTO DE ALZIRA · nº 897872
Título oficial: Convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Alzira a entidades sociales miembros del Consejo de Acción Social y Salud para el ejercicio 2026
El Ayuntamiento de Alzira convoca subvenciones en concurrencia competitiva para apoyar programas de acción social ejecutados por entidades sin ánimo de lucro en el municipio durante el periodo 2025-2026.
Presupuesto
60.000 €
Plazo de solicitud
21 de 21 días21/04/2026 — 12/05/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Valencia/València
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de programas de acción social ejecutados por entidades sin ánimo de lucro en el municipio de Alzira
Quién puede solicitarla
Entidades sin ánimo de lucro titulares del centro o servicio que desarrollen los proyectos, con implantación en Alzira o que atiendan a personas del municipio, con al menos dos años de actividad permanente, inscritas en el Consejo de Acción Social y Salud de Alzira y en el Registro Municipal de Asociaciones
Periodo de ejecución
Del 16 de noviembre de 2025 al 15 de noviembre de 2026
Plazo de solicitud
15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia
Cómo se presenta
Sede electrónica del Ayuntamiento de Alzira
Forma de pago
Pago mediante cuenta justificativa presentada antes del 15 de noviembre
Requisitos clave
- Estar registrada en el Consejo de Acción Social y Salud de Alzira y en el Registro Municipal de Asociaciones
- Tener implantación en el municipio de Alzira o atender a personas del municipio
- Haber desarrollado actividades permanentes durante al menos dos años previos a la solicitud
- Las asociaciones deben estar debidamente registradas y reconocidas oficialmente por los organismos públicos competentes
- No estar incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
Gastos subvencionables
- Gastos derivados del desarrollo de programas de acción social detallados en el proyecto presentado (recursos humanos, materiales y otros conceptos desglosados en el presupuesto)
Documentación requerida
- Instancia firmada por el representante legal según modelo de la sede electrónica del Ayuntamiento
- Proyecto de la actividad con programa detallado (título, responsables, justificación, objetivos, actividades, temporalización, recursos, presupuesto desglosado, evaluación y posibilidad de continuación)
- Acreditación de la representación del firmante y copia del DNI
- Estatutos de la entidad (solo en caso de primera solicitud)
Exclusiones
- Entidades incursas en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Obligaciones posteriores
- Presentar cuenta justificativa de los gastos antes del 15 de noviembre, conforme al artículo 30 de la Ley 38/2003 y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alzira
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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