Avido
No solicitable Cerrada Autonómica · Rioja

Subvenciones a entidades locales para actividades e inversiones turísticas en La Rioja

Entidades locales de La Rioja. Hasta 40.000 € en inversiones y 9.000 € en actividades.

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, DEPORTE Y JUVENTUD · nº 892591

Título oficial: AYUDAS A ENTIDADES LOCALES EN MATERIA TURÍSTICA

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para entidades locales de La Rioja que realicen acciones subvencionables en actividades e inversiones en materia turística.

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Presupuesto

1.245.000 €

Plazo de solicitud

29 de 29 días

01/04/2026 — 30/04/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · Rioja

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Comercio y turismo

Cuantía por beneficiario

Hasta 40.000 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de actividades e inversiones en materia turística promovidas por entidades locales de La Rioja. El importe máximo por beneficiario es de 9.000 € para actividades y de 40.000 € para inversiones de la línea 4.

Quién puede solicitarla

Entidades locales que cumplan las condiciones establecidas en los artículos 2 y 3 de la Orden reguladora.

Periodo de ejecución

Fecha límite de justificación del gasto: 10 de noviembre de 2026.

Plazo de solicitud

1 mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Cómo se presenta

Sede electrónica de la Administración de La Rioja (www.larioja.org), apartado Oficina Electrónica, Área Temática Turismo. Presentación obligatoriamente electrónica.

Compatibilidad con otras ayudas

Compatible con otras subvenciones según lo establecido en el artículo 17 de la Orden reguladora.

Requisitos clave

  • Ser entidad local según el artículo 2 de la Orden reguladora
  • Cumplir las obligaciones del artículo 3 de la Orden
  • Presentar solicitud en impreso normalizado a través de la sede electrónica de La Rioja

Gastos subvencionables

  • Actividades en materia turística (máx. 9.000 € por beneficiario)
  • Inversiones de la línea 4 en materia turística (máx. 40.000 € por beneficiario)

Documentación requerida

  • Solicitud en impreso normalizado
  • Documentación correspondiente según los artículos 9 y 10 de la Orden

Obligaciones posteriores

  • Justificar el gasto antes del 10 de noviembre de 2026
  • Cumplir las obligaciones de publicidad del artículo 18 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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