Subvenciones a empresas de inserción por inserción en el mercado ordinario de trabajo
Empresas de inserción calificadas e inscritas en el Registro de Andalucía
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO · nº 893188
Título oficial: Resolución de 16 de marzo de 2026, Subv Orden de 9 de abril de 2025 Linea 4.1. Subvenciones a empresas de inserción por participante en itinerario, insertado en el mercado ordinario de trabajo durante los tres meses posteriores a la finalización de su it
Subvenciones de la Línea 4.1 para empresas de inserción por cada participante en itinerario que se inserte en el mercado ordinario de trabajo durante los tres meses posteriores a la finalización de su itinerario, en Andalucía.
Presupuesto
50.000 €
Plazo de solicitud
30 de 30 días21/03/2026 — 20/04/2026
Beneficiarios
Gran empresa, Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Andalucía
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Empleo y conciliación
Cuantía por beneficiario
Hasta 50.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar a empresas de inserción por cada participante en itinerario que se inserte en el mercado ordinario de trabajo durante los tres meses posteriores a la finalización de su itinerario.
Quién puede solicitarla
Empresas de inserción calificadas e inscritas en el Registro de Empresas de Inserción en Andalucía dentro del periodo subvencionado, que hayan mantenido su calificación con carácter previo a la resolución de concesión, y que desarrollen su actividad económica en Andalucía.
Periodo de ejecución
Ejercicio 2026
Requisitos clave
- Estar calificada e inscrita en el Registro de Empresas de Inserción en Andalucía dentro del periodo subvencionado.
- Haber mantenido la calificación con carácter previo a la resolución de concesión.
- Desarrollar su actividad económica o profesional en Andalucía.
- El participante debe haberse insertado en el mercado ordinario de trabajo durante los tres meses posteriores a la finalización de su itinerario.
Gastos subvencionables
- Inserción de participantes en itinerario en el mercado ordinario de trabajo durante los tres meses posteriores a la finalización del itinerario.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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