Subvenciones a ayuntamientos para actividades culturales 2026
Ayuntamientos de la provincia de Palencia con menos de 20.000 habitantes
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA · nº 885753
Título oficial: CONVOCATORIA SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES 2026
La Diputación de Palencia financia actividades de programación cultural realizadas entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026, incluyendo artes escénicas, patrimonio cultural, edición de revistas municipales y difusión artística.
Presupuesto
115.000 €
Plazo de solicitud
Quedan 34 días
Abrió 31/08 · cierra 31/08/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Castilla y León
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Cuantía por beneficiario
Hasta 8.000 € (hasta 75% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de actividades de programación cultural realizadas por ayuntamientos de la provincia de Palencia con menos de 20.000 habitantes, en el periodo del 1 de septiembre de 2025 al 31 de agosto de 2026.
Quién puede solicitarla
Ayuntamientos de municipios de la provincia de Palencia con población inferior a 20.000 habitantes que no reciban ayudas por convenio con la Diputación para actividades culturales que superen los 2.000 € (municipios >300 hab.) o los 1.000 € (municipios ≤300 hab.).
Periodo de ejecución
Del 1 de septiembre de 2025 al 31 de agosto de 2026
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta las 24:00 h del 31 de agosto de 2026
Cómo se presenta
Sede electrónica de la Diputación Provincial de Palencia (https://sede.diputaciondepalencia.es)
Compatibilidad con otras ayudas
Incompatible con ayudas recibidas mediante convenio con la Diputación para actividades culturales que superen los umbrales establecidos
Requisitos clave
- Población municipal inferior a 20.000 habitantes
- No recibir ayudas por convenio con la Diputación para actividades culturales que superen los umbrales establecidos (2.000 € o 1.000 € según tamaño)
- La actividad debe estar ya realizada en el momento de la solicitud
- La subvención no puede superar el 75% del gasto realizado en la actividad subvencionada
- El complemento por juntas vecinales debe justificarse con gasto igual o superior a la cantidad recibida en actividades culturales en dichas juntas
Gastos subvencionables
- Actividades de promoción y difusión de música clásica, artes escénicas, cine o creación artística o literaria
- Programas y actividades de difusión del Patrimonio Cultural
- Edición de propaganda de las actividades a realizar
- Edición de revistas municipales de interés cultural
Exclusiones
- Desfiles de Navidad, Carnaval o Semana Santa
- Actividades relacionadas con deporte, juegos autóctonos, medioambiente o asuntos socio-sanitarios
- Viajes, excursiones y todo tipo de comidas
Obligaciones posteriores
- Justificar el gasto realizado en la actividad subvencionada
- Justificar el complemento por juntas vecinales con gasto igual o mayor a la cantidad recibida en actividades culturales en dichas juntas
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Aún no se puede solicitar
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