Subvenciones a ayuntamientos de Mallorca para servicios y proyectos de juventud
Ayuntamientos de Mallorca con hasta 55.000 habitantes (2026)
CONSELL INSULAR DE MALLORCA · nº 884281
Título oficial: Convocatoria de subvenciones para los ayuntamientos de Mallorca hasta 55.000 habitantes para apoyar a la juventud para el año 2026
El Consell Insular de Mallorca subvenciona a ayuntamientos de hasta 55.000 habitantes para la puesta en marcha o mantenimiento de servicios de dinamización juvenil y el impulso de programas, actividades y proyectos en materia de juventud.
Presupuesto
650.000 €
Plazo de solicitud
68 de 68 días11/03/2026 — 18/05/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Balears
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Apoyo a la puesta en marcha o mantenimiento de servicios de dinamización juvenil e impulso de programas, actividades, campañas y/o proyectos en materia de juventud, así como la redacción e implementación del Plan Local de Juventud (PLJ).
Quién puede solicitarla
Ayuntamientos de Mallorca con población hasta 55.000 habitantes, divididos en dos líneas: L1 (hasta 30.000 hab. y entidad local menor de Palmanyola) y L2 (entre 30.000 y 55.000 hab.). Población de referencia: IBESTAT a 15 de enero de 2025.
Requisitos clave
- Los programas/proyectos deben tener una duración mínima de tres meses
- Las actividades deben ejecutarse durante el periodo subvencionable
- Las actividades subvencionadas deben ir destinadas únicamente a jóvenes de hasta 30 años incluidos
- Los ayuntamientos con ≥5.000 habitantes deben disponer de Plan Local de Juventud (PLJ) aprobado
- Los proyectos deben formalizarse con el modelo establecido en la convocatoria (anexo 3)
- Las actividades de educación en el tiempo libre deben ajustarse al Decreto 23/2018
Gastos subvencionables
- Costes laborales del personal del Servicio de Juventud (hasta 100% en L1; hasta 50% en L2)
- Gastos corrientes derivados de la actividad: arrendamiento de instalaciones, equipamientos, vehículos o maquinaria
- Materiales divulgativos e informativos (publicaciones, carteles, trípticos, etc.)
- Material fungible de uso exclusivo para la actividad subvencionable
- Actividades de formación y perfeccionamiento del personal de dinamización o animación juvenil
- Redacción, implementación o adecuación del Plan Local de Juventud (PLJ)
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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