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No solicitable Cerrada Local · Valencia/València

Subvenciones a asociaciones vecinales de Xàtiva 2026

Asociaciones vecinales sin ánimo de lucro de Xàtiva

AYUNTAMIENTO DE XÀTIVA · nº 885401

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES VECINALES Y EL FOMENTO DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EJERCICIO 2026

El Ayuntamiento de Xàtiva convoca subvenciones para asociaciones vecinales sin ánimo de lucro que desarrollen programas y proyectos de participación ciudadana en el municipio.

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Presupuesto

7.000 €

Plazo de solicitud

27 de 27 días

18/02/2026 — 17/03/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Local · Valencia/València

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades

Cuantía por beneficiario

Hasta 7.000 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de programas y proyectos de participación ciudadana realizados por asociaciones vecinales para implicar a la población en proyectos que mejoran la calidad de vida en Xàtiva.

Quién puede solicitarla

Asociaciones vecinales sin ánimo de lucro que realizan sus actividades en el municipio de Xàtiva, legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Xàtiva.

Periodo de ejecución

Ejercicio 2026

Plazo de solicitud

Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de València

Cómo se presenta

Únicamente de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Xàtiva: https://xativa.sedelectronica.es/

Requisitos clave

  • Estar legalmente constituida
  • Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Xàtiva
  • Tener domicilio social y fiscal en Xàtiva
  • No tener ánimo de lucro (o reinvertir los beneficios en actividades propias)
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias
  • Haber justificado subvenciones anteriores del Ayuntamiento, si las hubiera

Documentación requerida

  • La indicada en la cláusula quinta de las bases reguladoras de la convocatoria

Exclusiones

  • Actividades con finalidad lucrativa cuyos beneficios no se reinviertan en la asociación
  • Actividades no abiertas al público en general
  • Entidades incursas en los supuestos del art. 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
  • Entidades con sanciones administrativas pendientes

Obligaciones posteriores

  • Justificar la subvención recibida para poder optar a futuras convocatorias del Ayuntamiento

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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