Subvenciones a asociaciones de vecinos de As Pontes 2026
Asociaciones vecinales sin ánimo de lucro de As Pontes de García Rodríguez
AYUNTAMIENTO DE AS PONTES DE GARCÍA RODRÍGUEZ · nº 898058
Título oficial: Convocatoria de subvención para AVV 2026
Subvenciones en concurrencia competitiva dirigidas a entidades vecinales para apoyar sus actividades y fomentar la participación ciudadana en el municipio de As Pontes de García Rodríguez.
Presupuesto
69.000 €
Plazo de solicitud
28 de 28 días16/04/2026 — 14/05/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Coruña
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Apoyo a entidades vecinales sin ánimo de lucro para el desarrollo de sus actividades y fomento de la participación ciudadana en el ámbito del Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez.
Quién puede solicitarla
Entidades vecinales sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, inscritas en el Rexistro de Asociacións de Galicia y en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez, que desarrollen actividades en el ámbito territorial del Ayuntamiento o sobre temas de interés para este.
Periodo de ejecución
Año 2026 (justificación hasta el 30 de noviembre de 2026, ampliable hasta el 31 de enero de 2027)
Plazo de solicitud
Un mes a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia
Cómo se presenta
Exclusivamente electrónico a través de la sede electrónica del Ayuntamiento: https://sede.aspontes.com
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras ayudas de entidades públicas o privadas, siempre que el total no supere el coste de la actividad justificada
Requisitos clave
- Estar legalmente constituida como entidad vecinal sin ánimo de lucro
- Estar inscrita en el Rexistro de Asociacións de Galicia
- Estar inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez
- Tener objetivos y finalidades coincidentes con el objeto de la subvención
- Desarrollar actividades en el ámbito territorial del Ayuntamiento o sobre temas de interés para este
- No estar incursa en supuestos de incapacidad o incompatibilidad para percibir subvenciones públicas
Exclusiones
- Entidades incursas en supuestos de incapacidad o incompatibilidad para la percepción de ayudas o subvenciones públicas
- No se valorará más de una solicitud por titular (solo se considera la primera presentada)
Obligaciones posteriores
- Justificar la subvención antes del 30 de noviembre de 2026 (ampliable hasta el 31 de enero de 2027 previa solicitud o propuesta razonada)
- El importe de la subvención no puede superar, junto con otras ayudas, el coste de la actividad justificada
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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