Subvención por relevo generacional en negocios de Logroño
Para sucesores y transmitentes de actividades en Logroño (Línea 2 – Modalidad B)
AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO · nº 892940
Título oficial: Acuerdo Junta de Gobierno Local de 11 de marzo de 2026 que aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la creación de nuevas iniciativas económicas y consolidación empresarial término municipal de Logroño año 2026 (Línea 2 Modalidad B)
Financia parcialmente los gastos del mantenimiento de la actividad empresarial mediante relevo generacional por fallecimiento, jubilación, incapacidad u otras causas sobrevenidas, gratificando también a quienes transmiten su negocio.
Presupuesto
6.000 €
Plazo de solicitud
104 de 104 días18/03/2026 — 30/06/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Local · Rioja
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Emprendimiento
Cuantía por beneficiario
Hasta 6.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación parcial de los gastos derivados del mantenimiento de la actividad empresarial a través del relevo generacional (fallecimiento, jubilación, incapacidad o causas sobrevenidas), con gratificación al titular que transmite el negocio.
Quién puede solicitarla
Sucesor: quien sucede al titular de la misma actividad económica y/o comercial ejercida por un autónomo o microempresa. Transmitente: el titular de la actividad transmitida.
Plazo de solicitud
Desde las 9:00 h del día hábil siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja hasta las 14:00 h del 30 de junio de 2026
Cómo se presenta
Registro Electrónico del Ayuntamiento de Logroño o restantes medios previstos en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015
Forma de pago
Según lo previsto en el Art. 10 de la Convocatoria
Requisitos clave
- Ser sucesor de la actividad de un autónomo o microempresa, o ser el transmitente de dicha actividad
- Supuesto de relevo generacional por fallecimiento, jubilación, incapacidad o causas sobrevenidas debidamente justificadas
- Cumplir los requisitos previstos en el Art. 4 de la Convocatoria
Gastos subvencionables
- Gastos que conlleve el mantenimiento de la actividad empresarial en el marco del relevo generacional
Documentación requerida
- Documentación prevista en el Art. 5 de la Convocatoria
Obligaciones posteriores
- Justificación en el plazo y forma previstos en el Art. 11 de la Convocatoria
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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